Resolución Directoral N.° 658-2023-DG-DIRIS-LC- 2da Mod. RD N.° 279-2022-DG-DIRIS-LC
11 de octubre de 2023
Artículo 1.- Modificar el numeral 5.3.3. del Manual de Funciones de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, aprobado por Resolución Directoral N° 279-2022-DG-DIRIS-LC, incorporando los siguientes literales:
m) Decidir la iniciación del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) y conducir la fase instructora con la formulación de la respectiva notificación de cargo al administrado.
n) Realizar de oficio todas las actuaciones necesarias para el examen de los hechos, en material de PAS.
O) Elaborar el Informe Final ante el órgano sancionador, en matria del PAS.
P) Elevar mediante informe los recursos de apelación y todos los actuados del expediente en materia del PAS a la Dirección General de la DIRIS Lima Centro - Oficina de Asesoria Jurídica.
Artículo 2.- Reconocer de acuerdo a sus competencias, a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, como Autoridad Instructora, y a la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria como Autoridad Sancionadora, dentro del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), regulado en el Capítulo III del Título IV del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- Dejar, subsistentes los demás extremos de la Resolución Directoral N° 279-2022-DG-DIRIS-LC, de fecha 16 de junio de 2022; y modificatorias.
Artículo 4.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
m) Decidir la iniciación del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) y conducir la fase instructora con la formulación de la respectiva notificación de cargo al administrado.
n) Realizar de oficio todas las actuaciones necesarias para el examen de los hechos, en material de PAS.
O) Elaborar el Informe Final ante el órgano sancionador, en matria del PAS.
P) Elevar mediante informe los recursos de apelación y todos los actuados del expediente en materia del PAS a la Dirección General de la DIRIS Lima Centro - Oficina de Asesoria Jurídica.
Artículo 2.- Reconocer de acuerdo a sus competencias, a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, como Autoridad Instructora, y a la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria como Autoridad Sancionadora, dentro del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), regulado en el Capítulo III del Título IV del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- Dejar, subsistentes los demás extremos de la Resolución Directoral N° 279-2022-DG-DIRIS-LC, de fecha 16 de junio de 2022; y modificatorias.
Artículo 4.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Esta norma pertenece al compendio MOF(Manual de Organizacion y Funciones)