Resolución Directoral N.° 241-2023-DG-DIRIS-LC
5 de mayo de 2023
Artículo 1.- RECONFORMAR el Grupo de Trabajo frente al Cambio Climático de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro (GTCC DIRIS LC), conforme al siguiente detalle: (ver cuadro adjunto en el documento)
Artículo 2. - FUNCIONES DEL GRUPO DE TRABAJO
El GTCC DIRIS LC tiene las siguientes funciones:
- Articular y coordinar la implementación de la gestión de riesgos climáticos dentro de los mecanismos institucionales.
- Monitorear la implementación de las medidas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático.
- Evaluar y actualizar, en caso corresponda y de acuerdo a la evidencia técnica y/o científica, las medidas, indicadores y metas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático.
- Proponer estrategias de mejora continua, a fin de optimizar la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio climático.
- Elaborar y presentar a la DIRIS LC el informe final del Grupo de Trabajo sobre las acciones realizadas para la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio climático.
Artículo 3. - SECRETARIA TÉCNICA
El GTCC DIRIS LC cuenta con una Secretaría Técnica ejercida por el Jefe (a) de la Oficina de Gestión de Riesgos y Desastres, cuyo objeto es brindar apoyo técnico y administrativo al Grupo de Trabajo.
Artículo 4. - COLABORACIÓN, ASESORAMIENTO Y APOYO
El GTCC DIRIS LC podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, opinión o aporte técnico de los órganos de la DIRIS LC y entidades del Sector Salud, para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 5. - VIGENCIA
La vigencia del GTCC DIRIS LC, será de 12 meses contados a partir de la fecha de emisión de la presente resolución.
Artículo 6. — FINANCIAMIENTO
El ejercicio de las funciones del GTCC DIRIS LC se financia con cargo al presupuesto institucional de la DIRIS LC, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada órgano, oficina y/o unidad funcional, asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes.
Artículo 7. - DEROGAR la Resolución Directoral N* 297-2021-DG-DIRIS-LC, de fecha 23 de julio de 2021.
Artículo 8.- DISPONER LA NOTIFICACIÓN a todos los miembros del GTCC DIRIS LC, para su conocimiento y fines.
Artículo 9.-COMUNICAR la presente resolución a la Dirección Genera! de Operaciones en Salud y a la Dirección General de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 10. - DISPONER LA DIFUSIÓN de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 2. - FUNCIONES DEL GRUPO DE TRABAJO
El GTCC DIRIS LC tiene las siguientes funciones:
- Articular y coordinar la implementación de la gestión de riesgos climáticos dentro de los mecanismos institucionales.
- Monitorear la implementación de las medidas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático.
- Evaluar y actualizar, en caso corresponda y de acuerdo a la evidencia técnica y/o científica, las medidas, indicadores y metas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático.
- Proponer estrategias de mejora continua, a fin de optimizar la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio climático.
- Elaborar y presentar a la DIRIS LC el informe final del Grupo de Trabajo sobre las acciones realizadas para la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio climático.
Artículo 3. - SECRETARIA TÉCNICA
El GTCC DIRIS LC cuenta con una Secretaría Técnica ejercida por el Jefe (a) de la Oficina de Gestión de Riesgos y Desastres, cuyo objeto es brindar apoyo técnico y administrativo al Grupo de Trabajo.
Artículo 4. - COLABORACIÓN, ASESORAMIENTO Y APOYO
El GTCC DIRIS LC podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, opinión o aporte técnico de los órganos de la DIRIS LC y entidades del Sector Salud, para el cumplimiento de su objeto.
Artículo 5. - VIGENCIA
La vigencia del GTCC DIRIS LC, será de 12 meses contados a partir de la fecha de emisión de la presente resolución.
Artículo 6. — FINANCIAMIENTO
El ejercicio de las funciones del GTCC DIRIS LC se financia con cargo al presupuesto institucional de la DIRIS LC, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada órgano, oficina y/o unidad funcional, asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes.
Artículo 7. - DEROGAR la Resolución Directoral N* 297-2021-DG-DIRIS-LC, de fecha 23 de julio de 2021.
Artículo 8.- DISPONER LA NOTIFICACIÓN a todos los miembros del GTCC DIRIS LC, para su conocimiento y fines.
Artículo 9.-COMUNICAR la presente resolución a la Dirección Genera! de Operaciones en Salud y a la Dirección General de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 10. - DISPONER LA DIFUSIÓN de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.