Resolución Directoral N.° 158-2023-DG-DIRIS-LC
11 de abril de 2023
Artículo 1.- Aprobar la Cartera de Servicios de Salud actualizada del Hospital Nacional "Dos de Mayo", categoría 111-1 conforme al ANEXO A que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Disponer que la CARTERA DE SERVICIOS DE SALUD aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un (01) año. En caso varíen sus prestaciones, el representante del establecimiento de salud debe solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendarios de ocurrido el hecho, la actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Hospital Nacional "Dos de Mayon categoría 111-1 publique su CARTERA DE SERVICIOS DE SALUD aprobada, en lugar visible a los usuarios adecuándola, para que sea de fácil comprensión por parte de los usuarios.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución al Hospital Nacional "Dos de Mayon, categoría 111-1 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes. .
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud la presente resolución para su conocimiento.
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 2.- Disponer que la CARTERA DE SERVICIOS DE SALUD aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un (01) año. En caso varíen sus prestaciones, el representante del establecimiento de salud debe solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendarios de ocurrido el hecho, la actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Hospital Nacional "Dos de Mayon categoría 111-1 publique su CARTERA DE SERVICIOS DE SALUD aprobada, en lugar visible a los usuarios adecuándola, para que sea de fácil comprensión por parte de los usuarios.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución al Hospital Nacional "Dos de Mayon, categoría 111-1 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes. .
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud la presente resolución para su conocimiento.
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.