Resolución Directoral N.° 122-2023-DG-DIRIS-LC
21 de marzo de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- APROBAR el "Plan de Trabajo del Programa Presupuesta! N° 0131- Control y Prevención en Salud Mental, para el año 2023”, emitido por la Unidad Funcional del Área no Transmisibles de la Oficina de Intervenciones Sanitarias de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria de la Entidad, que consta de veinticinco (25) folios y que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Oficina de Intervenciones Sanitarias de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria de la Entidad, la implementación, ejecución, seguimiento, monitoreo y evaluación del “Plan de Trabajo del Programa Presupuesta! N° 0131- Control y Prevención en Salud Mental, para el año 2023”.
Artículo 3°.- NOTIFICAR a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria y a la Oficina de Intervenciones Sanitarias de la Entidad, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4°.- COMUNICAR a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud, la presente resolución para conocimiento.
Artículo 5°.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 1°.- APROBAR el "Plan de Trabajo del Programa Presupuesta! N° 0131- Control y Prevención en Salud Mental, para el año 2023”, emitido por la Unidad Funcional del Área no Transmisibles de la Oficina de Intervenciones Sanitarias de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria de la Entidad, que consta de veinticinco (25) folios y que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Oficina de Intervenciones Sanitarias de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria de la Entidad, la implementación, ejecución, seguimiento, monitoreo y evaluación del “Plan de Trabajo del Programa Presupuesta! N° 0131- Control y Prevención en Salud Mental, para el año 2023”.
Artículo 3°.- NOTIFICAR a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria y a la Oficina de Intervenciones Sanitarias de la Entidad, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4°.- COMUNICAR a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud, la presente resolución para conocimiento.
Artículo 5°.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.