Resolución Directoral N.° 047-2023-DG-DIRIS-LC
8 de febrero de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1. - DECLARAR DE OFICIO LA PRESCRIPCIÓN de la facultad para determinar la existencia de falta administrativa e iniciar el Procedimiento Administrativo Disciplinario contra la servidora JESSICA MARGOT CARTAGENA ENCISO, en su calidad de trabajadora personal bajo la modalidad 99 del comedor Centro de Alimentación y Nutrición N° 01, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Articulo 2. - ARCHIVAR la denuncia formulada por la servidora Paula Asteria Figueroa Macedo, que fuere signada con el Expediente N° 060-2021 - H.T N° 202051562. como consecuencia de la declaración de la prescripción dispuesta en el articulo anterior de la presente resolución.
Artículo 3. - REMITIR los actuados del Expediente PAD N° 060-2021 - H.T N° 202051562 a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos y Disciplinarios de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro: a fin. de que proceda de acuerdo a su competencia en el deslinde de responsabilidades de quien generó la prescripción en mención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N" 30057. ‘Ley del Servicio Civil”, concordante con el numeral 97.3 del articulo 97° de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM.
Artículo 1. - DECLARAR DE OFICIO LA PRESCRIPCIÓN de la facultad para determinar la existencia de falta administrativa e iniciar el Procedimiento Administrativo Disciplinario contra la servidora JESSICA MARGOT CARTAGENA ENCISO, en su calidad de trabajadora personal bajo la modalidad 99 del comedor Centro de Alimentación y Nutrición N° 01, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Articulo 2. - ARCHIVAR la denuncia formulada por la servidora Paula Asteria Figueroa Macedo, que fuere signada con el Expediente N° 060-2021 - H.T N° 202051562. como consecuencia de la declaración de la prescripción dispuesta en el articulo anterior de la presente resolución.
Artículo 3. - REMITIR los actuados del Expediente PAD N° 060-2021 - H.T N° 202051562 a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos y Disciplinarios de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro: a fin. de que proceda de acuerdo a su competencia en el deslinde de responsabilidades de quien generó la prescripción en mención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N" 30057. ‘Ley del Servicio Civil”, concordante con el numeral 97.3 del articulo 97° de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM.