Comunicado N° 001-2023-CG/PREVI/BASE
Comunicado
26 de enero de 2023 - 10:32 a. m.
Contraloría General comunica a las autoridades elegidas en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 alcances sobre el cumplimiento del registro de información y presentación del Balance Semestral en el aplicativo informático para el año 2023.
Se comunica a los Gobernadores Regionales, Alcaldes, Consejeros Regionales, Regidores Municipales, así como a los Gerentes Generales Regionales y Gerentes Municipales de las entidades de gobierno regional y gobierno local que, las nuevas autoridades elegidas luego de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, en el marco de las disposiciones emitidas en la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI[1], el año 2023 deben cumplir con el registro de información sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización, a cargo de los regidores municipales y consejeros regionales, en el aplicativo informático implementado para este propósito.
El Balance Semestral es el documento con carácter de declaración jurada, generado por el aplicativo informático en forma automática, con fecha de corte semestral, que contiene información anual acumulada sobre la utilización durante ese periodo del monto destinado a la función de fiscalización ejercida por los regidores municipales y consejeros regionales, siendo suscrito por los mismos. Mediante el Balance Semestral se informa sobre la planificación, ejecución y los resultados del uso del citado monto asignado para el ejercicio de la función fiscalizadora, realizada individualmente o como integrantes de una comisión.[2]
1. Uso del Aplicativo Informático.
Para la elaboración y presentación del Balance Semestral los regidores municipales y consejeros regionales, funcionarios responsables y, de ser el caso, encargados del registro de información, deben usar obligatoriamente el aplicativo informático[3], para lo cual, el Funcionario Responsable (Gerente Municipal o Gerente General Regional) debe generar los accesos que correspondan (usuario y contraseña) previamente, para el registro de información en esta herramienta informática[4].
2. Designación Encargado del Registro de Información.
Es responsabilidad del concejo municipal y consejo regional designar mediante documento formal, por periodo anual, al Encargado de Registro de Información, dentro de los primeros cinco (05) días hábiles del mes de enero de cada año, debiendo informarse formalmente al Funcionario Responsable el mismo día de efectuarse dicha designación[5].
3. Presentación del Balance Semestral el 2023.
La información a ser reportada para el Balance Semestral, es acumulativa en cada semestre[6], y se genera automáticamente en el aplicativo informático una vez concluida la fecha máxima de presentación, integrando la información registrada en cada semestre. Para fines de este procedimiento, el Balance Semestral se encuentra presentado a la Contraloría con la generación automática de una constancia, que contiene un código de barras.[7] Durante el año 2023, las fechas de corte y los plazos de presentación son los siguientes:
Fechas de Corte Presentación del Balance Semestral
(periodos de registro) | (se genera automáticamente en el aplicativo)
Del 01/01 al 30/06 | Hasta los 5 días hábiles posteriores al 30/06.
Del 01/01 al 31/12 | Hasta los 15 días hábiles posteriores al 31/12.
Finalmente, encontrará mayor información sobre la normativa y disposiciones del Balance Semestral, en los siguientes enlaces:
- Página de Trámites y Servicios del Balance Semestral
- Aplicativo Informático del Balance Semestral
- Directorio de Sectoristas – Gobierno Regional
- Directorio de sectoristas – Gobierno Local
Jueves, 26 de enero de 2023.
Subgerencia de Prevención e Integridad
Gerencia de Prevención y Auditoría de Desempeño
Contraloría General de la República
Gerencia de Prevención y Auditoría de Desempeño
Contraloría General de la República
N° 030-2022-CG/GCOC
[1] Aprobada con RC N° 266-2022-CG (03/08/2022): Directiva N° 015-2022-CG/PREVI “Balance Semestral de los regidores municipales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”.
[2] Numeral 6.3, Directiva N° 015-2022-CG/PREVI.
[3] Numeral 6.5, Directiva N° 015-2022-CG/PREVI.
[4] Numeral 6.7, Directiva N° 015-2022-CG/PREVI.
[5] Literal 7.1.1, Directiva N° 015-2022-CG/PREVI.
[6] Literal 7.1.3, Directiva N° 015-2022-CG/PREVI.
[7] Literal 7.1.4, Directiva N° 015-2022-CG/PREVI.
Esta noticia pertenece al compendio Balance Semestral - Comunicados