Pronunciamiento Nº 15 - Propuestas para una ley efectiva del SINEACE

Pronunciamiento

17 de junio de 2005

En julio de 2003 el Congreso de la República aprobó la Ley General de Educación. Una de sus principales novedades está referida a la Calidad de la Educación. La Ley crea el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa que debe ser conducido por dos instituciones, uno para la Educación Básica y otro para la Educación Superior (Universidades e Institutos).

Casi dos años después, la Comisión de Educación del Congreso estaría por aprobar un dictamen de ley de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa que, hasta donde ha sido posible verificar, corre el riesgo de crear instituciones poco efectivas y hasta neutralizadas por grupos de intereses particulares. 

El Consejo Nacional de Educación tiene al respecto las siguientes preocupaciones:  

1. Los objetivos y funciones definidos para el sistema, especialmente en la educación básica, deben orientarse principalmente a generar información que permita mejorar la calidad del sistema y los profesionales involucrados. El proyecto no tiene como idea fuerza la evaluación y la vigilancia como oportunidades para mejorar, por el contrario trasluce un ánimo controlista y hasta punitivo, que en ningún lugar del mundo ha demostrado ser efectivo para lograr calidad.  

2. Mientras se instala y difunde en la cultura nacional la práctica de la acreditación de los programas e instituciones de la educación superior, es conveniente que la acreditación sea privilegio y responsabilidad exclusiva del organismo nacional central a ser creado. Este podrá apoyarse en partes importantes del proceso con el aporte de instituciones locales debidamente capacitadas para colaborar en el mismo, pero no se debe delegar la función acreditadora, tal como figura en los textos preliminares revisados.  

3. Es indispensable que las instituciones evaluadoras y acreditadoras sean percibidas como entes totalmente autónomas de los intereses particulares de corto plazo de las instituciones que van a ser evaluadas y acreditadas. La conformación propuesta de los directorios, especialmente en el nivel superior, no garantiza en absoluto dicha independencia, dificultando la prevalencia del interés público en sus decisiones.

Entre otros aspectos que se detallan en el documento adjunto.

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