Procedimiento Administrativo Sancionador
Descripción
La Contraloría tiene la potestad de sancionar la responsabilidad administrativa funcional y separar temporalmente de la administración pública a servidores y funcionarios que cometan infracciones administrativas en el ejercicio de sus funciones, incumpliendo sus deberes y ocasionando perjuicio al Estado.
Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador
Este proceso llamado Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) fue reglamentado a través de la Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG. y sus modificatorias.
Sanciones
El procedimiento administrativo sancionador por responsabilidad administrativa funcional contempla la sanción de inhabilitación que se aplica según la gravedad de la falta:
- Grave: se sanciona con la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por un periodo mínimo de 60 días hasta máximo 1 año.
- Muy grave: se sanciona con la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por un periodo mínimo de 1 año hasta máximo 5 años.
Alcances de la potestad sancionadora:
- Existen 27 conductas infractoras vigentes pasibles de sanción, tipificadas en la Ley N° 31288. (Modificadas por la Sentencia del TC)
- Las presuntas infracciones administrativas graves y muy graves se identifican en los informes de control posterior. Son solo aquellos hechos cometidos o culminados a partir del 21 de julio del 2021, fecha en que entró en vigencia dicha ley.
- Luego de ello, la Contraloría podrá iniciar un procedimiento administrativo sancionador donde se respetará el debido proceso, el que incluye el derecho a la defensa, los principios de legalidad y tipicidad, entre otros, conforme lo señala la ley.
Estructura
- Primera instancia:
- El órgano instructor realiza las investigaciones y propone las infracciones y sanciones. Las actuales sedes se ubican en el sur (Arequipa), centro (Junín), norte (Lambayeque) y en Lima (Sede Central).
- El órgano sancionador declara la existencia o inexistencia de infracción. La actual sede se ubica en Lima (Sede Central).
- Segunda instancia:
- El Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas resuelve en última instancia las apelaciones presentadas por los servidores y funcionarios públicos.