Recategorizar licencia de conducir (brevete) en el gobierno regional

Si quieres obtener una licencia de conducir profesional de las categorías A-IIa, A-IIb, A-IIIa, A-IIIb o A-IIIc, puedes solicitar la recategorización al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), si estás en Lima, o al gobierno regional correspondiente.

Si no estás seguro qué tipo de brevete necesitas, revisa los tipos de licencia de conducir.

Condiciones:

  • Cada tipo de licencia te permitirá manejar distintos tipos de vehículos para diferentes usos, pero cada una requiere una cantidad de años de experiencia y un mínimo de edad:
  • Licencia A-IIa: mínimo 21 años de edad y 2 años con el brevete A-I.
  • Licencia A-IIb: mínimo 21 años de edad y 3 años con el brevete AI o 1 año con el brevete A-IIa.
  • Licencia A-IIIa: mínimo 24 años de edad y 2 años con el brevete A-IIb.
  • Licencia A-IIIb: mínimo 24 años de edad y 2 años con el brevete A-IIb.
  • Licencia A-IIIc: mínimo 27 años de edad y 4 años con el brevete A-IIb o 1 año con el brevete A-IIIa o A-IIIb.
  • A partir de los 70 años de edad, la recategorización de las licencias de la clase A, previa evaluación médica y psicológica favorable de una ECSAL (Entidad Habilitada para expedir Certificados de Salud), se otorga por los siguientes periodos:
  • Desde los 70 hasta los 76 años de edad: 1 año de vigencia.
  • Desde los 76 hasta los 81 años de edad: 6 meses de vigencia.
  • No debes contar con multas o sanciones pendientes de pagos, ni estar sancionado en el Sistema Nacional de Conductores.
  • No estar privado del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre.
  • Si tienes alguna restricción, solo será levantada si presentas una copia certificada de la sentencia o resolución judicial que otorgue la medida cautelar a tu favor.
  • Ser declarado como apto en todas las evaluaciones médicas y psicológicas registradas en el Sistema Nacional de Conductores de un centro médico autorizado por el MTC a nivel nacional.
  • Aprobar el curso de profesionalización de la recategorización en una escuela de conductores autorizada por el MTC a nivel nacional.

Vigencia de la licencia de conducir:

  • Si el conductor no ha recibido sanciones, la vigencia será de 5 años.
  • Si ha sido sancionado por infracciones leves y ha cumplido con la sanción, la vigencia será de 3 años.
  • Si el conductor ha sido sancionado por infracciones graves o muy graves y ha cumplido con la sanción, la vigencia será de 2 años.

Recuerda que estas disposiciones se aplican únicamente si las sanciones han quedado firmes o han agotado la vía administrativa.