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¿Quiénes conforman el Comité de Planificación de la Capacitación (CPC)? y ¿Cuál es el periodo de su vigencia

El CPC está conformado por cuatro personas: el responsable de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, el responsable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o quien haga sus veces, el representante de la Alta Dirección que será responsable de un órgano de línea designado por el titular de la entidad, y el representante de los servidores civiles. Dicho órgano tiene la responsabilidad de asegurar que la planificación de la capacitación responda a los objetivos estratégicos de la entidad y de generar condiciones favorables para la adecuada implementación del proceso de capacitación.

La vigencia del CPC es de tres años. Al culminar dicho periodo, la Oficina de Recursos Humanos gestiona un nuevo proceso de elección del representante de los servidores civiles. El proceso de elección puede ser presencial o virtual. El CPC debe ser reconocido a través de una Resolución del titular de la entidad. Se requiere la conformación del CPC para la validación del proyecto del Plan de Desarrollo de las Personas antes de la aprobación por parte del titular de la entidad.

Fuente

Preguntas frecuentes de Gestión de la Capacitación (GDC) - SERVIR