Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)

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Actividades no comprendidas en el Nuevo RUS

Si estás inscrito(a) en el Nuevo RUS, no podrás desarrollar las siguientes actividades:

  • Transporte de carga de mercancías, si tus vehículos tienen una capacidad de carga mayor o igual a 2 toneladas métricas.
  • Transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
  • Organización de cualquier tipo de espectáculo público.
  • Notario, martillero, comisionista o rematador.
  • Agente corredor de productos, de bolsa de valores u operador especial que realiza actividades en la bolsa de productos.
  • Agente de aduana, intermediario o auxiliar de seguros.
  • Negocio de casinos, tragamonedas u otros de naturaleza similar.
  • Agencia de viajes, propaganda o publicidad.
  • Venta de inmuebles.
  • Venta de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos como: gasolina, kerosene, combustible para aviación, combustible de uso marino, diésel, combustible residual, asfaltos y breas, insumos químicos, solventes, lubricantes, entre otros.
  • Entrega de bienes en consignación.
  • Servicios de depósitos aduaneros y de terminales de almacenamiento.
  • Trámite o ejercicio de cualquier régimen, operación o destino aduanero, salvo tu domicilio fiscal se encuentra en zona de frontera y además realizas:
    • Importaciones definitivas que no excedan los US$ 500.00 por mes.
    • Exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b y c del artículo 83 de la Ley General de Aduanas.
    • Exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación.
  • Operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.
  • Operaciones afectas al impuesto a la venta del arroz pilado.