Integridad en la Direccion Regional de Educacion Amazonas
Integridad Pública:
Es la actuación coherente con valores, principios y normas, que promueve y protege el desempeño ético de la función pública, de modo que los poderes y recursos confiados al Estado se dispongan hacia los fines que se destinaron, asegurando que el servicio público a la ciudadanía esté orientado al interés general y a la generación de valor público (PCM, 2021).
Cultura de Integridad Pública:
Son los saberes y las prácticas compartidas en una institución donde se actúa de manera consistente con los valores organizacionales y en coherencia con el cumplimiento de los principios, los deberes y las normas destinados a asegurar el interés general, luchar contra la corrupción y elevar permanentemente los estándares de la actuación pública.
Enfoque de integridad pública:
Es un enfoque transversal de gestión destinado a evaluar y fortalecer el desempeño ético de los servidores y los funcionarios públicos, disminuyendo los riesgos que pudieran conducir o facilitar en una entidad la comisión de prácticas corruptas o contrarias a la ética. De este modo, se actúa con prevención, debida diligencia y de manera oportuna.
Denuncias de actos de corrupción:
En el marco de la lucha contra la corrupción, la Dirección Regional de Educación Amazonas, ha implementado mecanismos para regular el trámite de denuncias por presuntos actos de corrupción, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1327, su reglamento y modificatorias.
Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano:
Conflicto de intereses:
Es toda situación en la que los intereses privados del servidor civil colisionan con el interés público y el ejercicio de sus funciones. Esto, teniendo en cuenta que cualquier actuación suya debe estar dirigida a asegurar el interés público, y no a favorecer intereses personales o de terceros (artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31227).
Declaraciones Juradas de Intereses (DJI)
La plataforma donde obran las DJI fue desarrollada por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital en coordinación con la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejos de Ministros (PCM), bajo el amparo del Decreto de Urgencia N° 020-2019 y su reglamento Decreto Supremo N° 091-2020-PCM. Estas normas fueron derogadas con la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.
Para consultar las DJI, se puede acceder a la plataforma de la Contraloría General de la República.
Sistema de Control Interno (SCI) de la Dirección Regional de Educación de Amazonas:
Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizadas e instituidas en cada entidad del Estado, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueven una gestión eficaz, eficiente, ética y transparente.
Objetivos de la implementación del Sistema de Control Interno:
- Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado, contra todo hecho irregular o situación perjudicial que pudiera afectarlos.
- Garantizar la confiabilidad y oportunidad de la información.
- Promover que los funcionarios y servidores del Estado cumplan con rendir cuentas por los fondos y bienes públicos que administra.
- Promover y optimizar la eficiencia, eficacia, ética, transparencia y economía de las operaciones de la entidad, así como la calidad de los servicios públicos que presta.
- Cumplir con la normatividad aplicable a la entidad y sus operaciones.
- Fomentar e impulsar la práctica de valores institucionales.
Transparencia y acceso a la información pública:
De acuerdo al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, toda persona natural o jurídica tiene derecho a solicitar y recibir información pública de cualquier entidad de la administración pública, a través de la presentación de una solicitud.
¿Qué no es información pública?
Según los artículos 15,16 y 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, está exceptuada la información clasificada como secreta, reservada o la información confidencial.
- Información secreta: seguridad nacional, militar y de inteligencia, entre otros.
- Información reservada: seguridad ciudadana, investigaciones policiales, entre otros.
- Información confidencial: secreto bancario, industrial, tributario, tecnológico, entre otros.
Tampoco se puede solicitar aquella información que se tenga que crear o producir, así como la información que no está en poder de la entidad o no se tenga la obligación de contar al momento de efectuarse el pedido, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Este artículo también señala que la entidad no está obligada a realizar evaluaciones o análisis de la información que posea.
Canal de atención:
Es posible solicitar acceso a la información a través de la Mesa de Partes Digital de la Dirección Regional de Educación Amazonas Formulario de acceso a la información pública.
Orientación:
A fin de brindar una mejor orientación al ciudadano para la correcta presentación de las solicitudes de acceso a la información pública, la Dirección Regional de Educación Amazonas posee una página de orientación que permite formular solicitudes de información, en cumplimiento de las normas de transparencia y acceso a la información pública.
Portal del Estado Peruano - Portal de Transparencia Estándar - PTE.
Normas y documentos legales:
Normativa sobre Integridad Pública:
- Resolución de Secretaría de Integridad Pública N°002-2021-PCM/SIP, que aprueba la Directiva N°002-2021-PCM/SIP, Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público.
- Resolución N° 001-2024-PCM-SIP
- Decreto Supremo N°042-2018-PCM, que aprueba las medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción.
- Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
- Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
- Decreto Legislativo N°1327, que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
- Decreto Supremo N°010-2017-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327. que establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
- Resolución de Secretaría de Integridad Pública N.° 005-2023 -PCM-SIP, que aprueba la Directiva Nª 002-2023-PCM-SIP Directiva para la Gestión de Denuncias y Solicitudes de Medidas de Protección al Denunciante de Actos de Corrupción recibidas a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano.
Normativa sobre el Sistema de Control Interno (SCI):
- Resolución de Contraloría N° 146-2019-CG "Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado".
- Resolución Contraloría N° 093-2021-CG del 31 de marzo del 2021, que modifica la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”.
- Resolución Contraloría N° 095-2022-CG, que modifica la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”.
- Resolución Contraloría N° 073-2023-CG del 24 de febrero del 2023, que modifica la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado".
Instrumentos de carácter institucional:
- Programa de Integridad del Gobierno Regional Amazonas 2025, aprobado mediante Resolución Directoral Sectorial N.° 2093-2025 - Normas y documentos legales - Dirección Regional de Educación de Amazonas - Plataforma del Estado Peruano.