Solicitar la concesión de beneficio minero
Si eres un pequeño productor minero y quieres realizar procesos mineros metalúrgicos en el país, debes solicitar la concesión a la Dirección General de Minería, si el proyecto está en Lima, o al gobierno regional correspondiente.
La concesión de beneficio te da derecho a extraer o concentrar la parte valiosa de un agregado de minerales desarraigados; o fundir, purificar o refinar metales, mediante un conjunto de procesos físicos, químicos o físico-químicos.
La resolución de concesión de beneficio tiene vigencia indeterminada.
Requisitos
- Usuario y contraseña en la extranet del Ministerio de Energía y Minas (Minem), solo para hacerlo online.
- Memoria descriptiva de la planta de beneficio y de sus instalaciones o componentes principales y auxiliares, de acuerdo con el Anexo I del Reglamento de Procedimientos Mineros.
- Copia del cargo de presentación del instrumento de gestión ambiental que sustente el proyecto o el número de la resolución que lo aprueba y del informe que sustenta esta resolución.
- Documento que acredite que eres propietario o que estás autorizado por el propietario del 100% de las acciones y derechos del predio para utilizar el terreno superficial donde realizarás la actividad de beneficio, para lo cual debes presentar lo siguiente:
- Para terrenos superficiales inscritos en la Sunarp:
- Número de la partida registral y oficina registral donde conste inscrito el derecho de propiedad sobre el terreno superficial.
- Si no eres el propietario, agrega la copia del testimonio de escritura pública mediante la cual el propietario te autoriza el uso del terreno superficial donde se desarrollará el proyecto.
- Si eres el propietario del terreno superficial pero tu derecho de propiedad no se encuentra inscrito en la Sunarp, agrega la copia del testimonio de escritura pública que acredite el trato sucesivo que corresponda.
- Para terrenos superficiales no inscritos en la Sunarp:
- Certificado de búsqueda catastral del área donde se desarrollará el proyecto. Este documento es emitido por la Sunarp y en él consta que no existe superposición parcial o total a predios de terceros.
- Copia simple del título de propiedad que te acredite como propietario, acompañada de la declaración jurada acerca de su autenticidad suscrita por ti.
- En caso no seas el propietario, agrega la copia del testimonio de escritura pública mediante la cual el propietario te autoriza el uso del terreno superficial donde se desarrollará el proyecto.
- En caso de terrenos superficiales de Comunidades Campesinas o Nativas, debes indicar además el número de la partida registral y oficina registral donde conste inscrita la Comunidad Campesina o Nativa como persona jurídica.
- En caso se trate de terrenos de dominio del Estado, debes seguir el procedimiento correspondiente ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) o entidad correspondiente.
- Copia del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) o Plan de Monitoreo Arqueológico del área del proyecto.
- Copia de la autorización de la autoridad competente, en caso el proyecto a ejecutarse afecte carreteras u otro derecho de vía, o la declaración jurada del titular minero de no afectación.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Paga tu trámite
Acércate a caja de la sede del Gobierno Regional de Amazonas, ubicada en el Jirón Ortiz Arrieta 1250, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. y paga en efectivo S/ 3,061.80 por derecho de trámite.
Guarda el comprobante de pago.
2. Presenta tus documentos
Dirígete a la mesa de partes de la Dirección Regional de Energía y Minas, ubicada en la Calle Salamanca 1155, Chachapoyas, a cuatro puertas del Hotel Meflo, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:30 p. m. a 5:30 p. m. Indica al servidor encargado el trámite que vas a realizar y presenta tus documentos y el comprobante de pago.
Otra opción es presentar tus documentos en la mesa de partes virtual del Gobierno Regional Amazonas, registra tus datos personales y adjunta tus documentos en formato PDF, con un máximo 30 MB.
En ambos casos te asignarán un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu trámite..
3. Espera una respuesta
En un plazo máximo de 90 días hábiles desde la recepción de tu documentación, dirígete a la Secretaría de la de la Dirección Regional de Energía y Minas para recoger tu concesión de beneficio minero. Si vencido el plazo de atención, no tienes una respuesta, puedes interponer los recursos administrativos de apelación correspondientes.