Regularización del Certificado de Ingreso Temporal - CIT

Si eres turista tienes la obligación de retirar el vehículo del país antes del vencimiento del plazo autorizado, el incumplimiento de ésta obligación es una infracción sancionada con el comiso del vehículo, es decir quedará de forma definitiva bajo posesión del Estado, sin embargo, podrá ser retirado del país dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo, si el turista cumple con pagar la multa aplicable a los turistas establecida en la Tabla de sanciones. Si después de cancelarla, no retira el vehículo dentro de las 48 horas siguientes ni lo ingresa a un depósito temporal (cuando vaya a salir como carga), procede la retención del vehículo. Para ello la SUNAT solicitará su captura a la Policía Nacional.

Si deseas permanecer por más tiempo con tu vehículo en el país, debes Solicitar prórroga del plazo del CIT. Además si por motivos de fuerza mayor (debidamente acreditado) debes retirarte del país sin tu vehículo, puedes solicitar Solicitar suspensión del plazo del CIT.