Se puede brindar capacitación a profesionales que brindan servicios en la entidad, no sujetos a vínculo laboral, en el marco del PDP?

No, los profesionales que brindan servicios en la entidad y no están sujetos a vínculo laboral, no pueden ser beneficiarios de las capacitaciones brindadas por las entidades públicas en las que prestan servicios, puesto que sus contratos tienen naturaleza civil (locación de servicios).

Fuente

Preguntas frecuentes de Gestión de la Capacitación (GDC) - SERVIR