Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)
Actividades no comprendidas en el Nuevo RUS
Si estás inscrito(a) en el Nuevo RUS, no podrás desarrollar las siguientes actividades:
- Transporte de carga de mercancías, si tus vehículos tienen una capacidad de carga mayor o igual a 2 toneladas métricas.
- Transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
- Organización de cualquier tipo de espectáculo público.
- Notario, martillero, comisionista o rematador.
- Agente corredor de productos, de bolsa de valores u operador especial que realiza actividades en la bolsa de productos.
- Agente de aduana, intermediario o auxiliar de seguros.
- Negocio de casinos, tragamonedas u otros de naturaleza similar.
- Agencia de viajes, propaganda o publicidad.
- Venta de inmuebles.
- Venta de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos como: gasolina, kerosene, combustible para aviación, combustible de uso marino, diésel, combustible residual, asfaltos y breas, insumos químicos, solventes, lubricantes, entre otros.
- Entrega de bienes en consignación.
- Servicios de depósitos aduaneros y de terminales de almacenamiento.
- Trámite o ejercicio de cualquier régimen, operación o destino aduanero, salvo tu domicilio fiscal se encuentra en zona de frontera y además realizas:
- Importaciones definitivas que no excedan los US$ 500.00 por mes.
- Exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b y c del artículo 83 de la Ley General de Aduanas.
- Exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación.
- Operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.
- Operaciones afectas al impuesto a la venta del arroz pilado.