Presentar Escritos en Cobranza Coactiva

Si tienes una deuda con la Sunat y la entidad te ha iniciado una cobranza coactiva, puedes comunicarte vía online a través del formulario virtual 5011, o presencial con el funcionario a cargo (ejecutor coactivo) o sus auxiliares para informarles que has pagado tu deuda o que ha sido anulada por diversos motivos.

Puedes presentar escritos relacionados a cobranza coactiva de tributos internos como IGV, Impuesto a la Renta, entre otros, para pedir:

  • Levantamiento de medida de embargo
  • Nulidad en el Procedimiento de Cobranza
  • Variación de Medida
  • Respuesta a retención notificada por la Sunat
  • Sustentar la propiedad de un bien embargado

Requisitos

  • Clave SOL (solo modalidad online)
  • Número de expediente y de la Resolución Coactiva (RC)

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Ingresa con tu clave SOL y sigue la ruta 'Expediente Virtual' / 'Escritos Virtuales' / 'Registro de Escritos Virtuales'. Luego, registra los datos que te solicita el sistema, como el número de expediente y de la RC. Si deseas adjuntar información sustentatoria, debe estar en formato PDF. Graba la información y el sistema te generará una Constancia de Presentación con el número de escrito presentado, en formato PDF, por si deseas imprimirla.

Presenta un escrito en cobranza coactiva

Puedes conocer el estado de tu escrito siguiendo la ruta 'Expediente Virtual' / 'Escritos Virtuales / 'Consulta de Escritos Virtuales'.

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en solo 2 pasos:

1. Elabora tu escrito

Redacta tu escrito e incluye tu número de RUC, nombre o razón social y el número de tu expediente coactivo y RC. Coloca como 'Asunto' lo que corresponda a tu caso en concreto. Estos son algunos de los más frecuentes:

'Levantamiento de embargo'; 'solicita retiro de central de riesgo'; 'detalle de embargos'; 'prescripción'; 'solicitud de copias'; 'variación de medidas de embargo'; 'solicitud de reunión'; y otros.

2. Acércate a la Sunat

Presenta tu escrito en Mesa de Partes de uno de los Centros de Servicios de la Sunat. La entidad debe responderte en un plazo máximo de 30 días hábiles luego de ingresado el documento.