Solicitar deducción del impuesto predial
Si eres pensionista o adulto mayor de 60 años, puedes solicitar la deducción de la base imponible del impuesto predial, cuyo descuento puede llegar a tener el valor de S/ 267,500.00 , a la municipalidad de tu distrito o provincia.
Este beneficio entra en vigencia 1 año después que presentaste la solicitud y debes renovarlo de forma anual.
Condiciones:
- Debes tener más de 60 años o haber cumplido esta edad al 1 de enero del año al cual corresponde la deducción.
- Tu predio debe estar destinado a vivienda. Ten en cuenta que el uso parcial del predio con fines productivos, comerciales o profesionales, con aprobación de la municipalidad respectiva, no afecta la deducción.
- Tus ingresos brutos no deben exceder a 1 UIT mensual S/ 5,350.00 .
Requisitos
- Solicitud simple dirigida a la municipalidad.
- Formato de Hoja Resumen (HR), firmado.
- Formato de Predio Urbano (PU) o Predio Rústico (PR), firmado según corresponda.
- Copia del documento que te acredite como propietario del inmueble, certificado por un notario o fedatario de la municipalidad. Por ejemplo: minuta, escritura pública o copia literal de dominio.
- Certificado negativo de propiedad de inmueble a tu nombre y del cónyuge, de ser el caso, emitido por la Sunarp.
- Partida de matrimonio, de corresponder.
- En caso de representación, presenta un documento con firma legalizada ante un notario público o fedatario de la municipalidad, en la que brindas un poder específico a un representante.
- Si eres pensionista, agrega:
- Copia de la constancia que confirma tu calidad de pensionista o constancia de pago de pensión, certificado por un notario público o fedatario de la municipalidad.
- Si eres adulto mayor no pensionista, agrega:
- Declaración jurada, de acuerdo al Decreto Supremo 401-2016-EF.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 2 pasos:
1. Dirígete a la municipalidad
Acércate a mesa de partes de la municipalidad, ubicada en el primer piso del Jirón Floro Castillo 121, Ignacio Escudero, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 4:00 p. m. Indica al servidor el procedimiento que vas a realizar y entrega tus documentos.
2. Recoge tu resolución
Después de 15 días hábiles, acércate en a la Gerencia de Administración Tributaria, ubicada en el mismo local, para recoger tu resolución. Este documento indicará la confirmación o negación del beneficio tributario.