Solicitar una certificación ambiental en el Sector Turismo

Si necesitas desarrollar un proyecto o una actividad que comprenda obras, construcciones, actividades de servicios, entre otros, que genere impacto negativo en el ambiente y que dependa del sector turismo, debes contar con una certificación ambiental, de acuerdo con la normativa vigente sobre el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales (agua, suelo, flora, fauna y aire).

Esta certificación contiene las obligaciones que debes cumplir para prevenir, minimizar, rehabilitar y, eventualmente, compensar los impactos ambientales negativos generados por la ejecución de tu proyecto.

Para saber si tu proyecto o actividad depende del sector turismo, verifica previamente que esté comprendida en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), es decir que:

  • Se encuentre en bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la nación y su marco circundante de protección expresamente declarados.
  • Se encuentre en terrenos ribereños colindantes con el mar, ríos, lagos o lagunas.
  • Genere impactos ambientales negativos a la población, al ambiente o los recursos naturales debido a su magnitud, localización, importancia u ocurrencia de todos ellos.
  • Se encuentre en un área natural protegida por el estado o en su zona de amortiguamiento. Puedes verificarlo a través de la plataforma digital del Sernanp.
  • Sea un prestador de servicios turísticos.

Requisitos:

  • Ejemplar impreso y copia en CD del estudio ambiental, elaborado por una empresa consultora inscrita en el Registro de Consultoras Ambientales de Mincetur:
    • Debe incluir anexos como gráficos, documentos de sustento, registros de talleres, actas, resultado de monitoreos, mapas, entre otros que correspondan.
    • Debe estar firmado por el titular del proyecto, actividad turística o su representante legal, así como por el equipo profesional de la empresa consultora ambiental que lo elaboró.
  • Solicitud dirigida al director general de Políticas de Desarrollo Turístico.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Cuando ingreses el estudio ambiental con todos los anexos descritos en los requisitos, recibirás un número de expediente que te servirá para darle seguimiento a tu trámite.

Si el estudio ambiental no contiene la información necesaria o requiere alguna aclaración o sustento adicional, la entidad te enviará observaciones técnicas a la dirección fiscal o correo electrónico que indicaste en tu solicitud.

El plazo para subsanar dependerá de la clasificación del estudio:

De requerirse una opinión técnica previa al estudio ambiental del proyecto por otras autoridades, esta deberá regirse a los plazos que establece cada entidad.

Una vez concluido el proceso de evaluación del estudio ambiental, se emitirá una resolución que puede ser:

  • Aprobatoria, la que constituye la Certificación Ambiental.
  • Desaprobatoria, que te será notificada a la dirección o correo electrónico que declaraste. Puedes volver a presentar una nueva solicitud considerando las observaciones mencionadas en esta resolución.

Los plazos hasta obtener una respuesta varían de acuerdo a la clasificación:

  • Hasta 90 días hábiles para un Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd).
  • Hasta 120 días hábiles para un Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d).

Estos plazos no consideran el periodo de levantamiento de observaciones.

Solicita certificado ambiental

Si tienes dudas, puedes presentar tus consultas al correo electrónico asuntosambientales@mincetur.gob.pe.