Instancias de Concertación (IC)

¿Qué es una Instancia Provincial de Concertación (IPC)?

Es un espacio de articulación y coordinación a nivel provincial que tiene entre sus funciones proponer en los instrumentos de gestión como el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), el Plan Operativo Institucional (POI) y el Presupuesto Participativo (PP), acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Está integrada por la máxima autoridad o representantes de las siguientes entidades:

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Entidades

  • La Municipalidad Provincial, quien la preside. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad.
  • La Gerencia de Planificación de la Municipalidad Provincial o el que haga sus veces.
  • La Gobernación Provincial.
  • La Jefatura Policial de mayor grado que preste servicios en la provincia.
  • La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) con jurisdicción en la provincia.
  • Las Municipalidades de tres distritos de la provincia que cuenten con el mayor número de electoras y electores.
  • La autoridad de salud de la jurisdicción.
  • Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú.
  • Hasta un representante de rondas campesinas o urbanas, de las comunidades campesinas y nativas, y de los comités de autodefensa de la zona, si los hubiere.
  • El Centro Emergencia Mujer.
  • Hasta tres organizaciones o asociaciones de la sociedad civil relacionadas a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la provincia.
  • Un o una representante del Poder Judicial cuya designación la realiza la Presidencia de la Corte Superior de la jurisdicción.
  • Un o una representante del Ministerio Público, cuya designación la realiza la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción.
  • Hasta dos representantes de instituciones y organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios en su ámbito de competencia, si los hubiera.