Pagar impuesto de alcabala

Si has comprado o adquirido un inmueble, estás obligado a pagar el impuesto de alcabala en la municipalidad de tu distrito o provincia de manera presencial. Solo si el inmueble está ubicado en un distrito de Lima, puedes pagar el impuesto de alcabala en las notarías afiliadas al SAT o en cualquiera de las agencias SAT.

Para hacerlo, tienes plazo hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia de la propiedad. Si no pagas, acumularás intereses moratorios.

Este impuesto grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos cuyo valor de venta o autovalúo superen las 10 UIT.

Ten en cuenta que cuando es un proceso de primera venta o de compra de un bien futuro; es decir, cuando le haces la compra directamente a una constructora, no tienes que pagar Impuesto de alcabala ya que estos bienes no están afectos de este impuesto.

Requisitos

  • Formato FUT debidamente llenado.
  • Copia de DNI
  • Copia de contrato (Compra-venta, donacion)
  • En caso de representación, presenta una carta poder notarial.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Dirígete a la municipalidad

Acércate a la oficina de mesa de partes, ubicada en jirón San Martín 446, Plaza de Armas, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a. 5:00 p. m., y presenta tus documentos.

También puedes enviar tus documentos a través de la mesa de partes virtual.

2. Realiza el pago

En el mismo edificio, ve a la oficina de la Subgerencia de Planeamiento y Control Tributario y recibe una orden de pago. Realiza el pago en caja y guarda tu comprobante de pago.

3. Recibe la constancia

Luego de pagar, dirígete a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas y recoge tu documento solicitado. Recuerda que tienes un plazo de 5 días hábiles para recogerlo.