Inscribir declaración judicial de nulidad o invalidez de matrimonio en la municipalidad
Si tu matrimonio ha sido declarado nulo o inválido judicialmente y deseas que se registre en el acta en el que fue inscrito en la municipalidad, debes solicitarlo de forma presencial en la misma entidad o en Reniec.
La invalidez matrimonial es la sanción impuesta por no haber cumplido con los requisitos ni formalidades exigidos por la ley. El matrimonio se puede invalidar por nulidad y por anulabilidad:
- La nulidad es la declaración judicial que determina la inefectividad del matrimonio, desde el momento en que fue firmado originalmente. De esta manera, no se admite como válido, pese a que se haya considerado legítimo durante un determinado tiempo y hubiera existido la unión conyugal.
- La anulabilidad ocurre cuando en el matrimonio hay o puede haber un defecto, pero es reconocido como válido hasta que alguien inicie un procedimiento judicial para que se resuelva que el matrimonio no es válido.
Requisitos
- Solicitud dirigida al alcalde, debidamente llenada y firmada.
- Copia simple de tu documento de identidad.
- Si eres extranjero, puedes presentar una copia simple de tu carnet de extranjería, pasaporte o cédula de identificación.
- Oficio y parte de la resolución judicial.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 4 pasos:
1. Paga el trámite
Acércate a la Oficina de Administración Tributaria, ubicada en Calle San Martín s/n, Plaza de Armas de Calca, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. y de 2:00 p. m. a 5:00 p. m., y cancela S/ 41.10 . Guarda tu recibo de pago.
2. Presenta los requisitos
En el mismo local, ve a la mesa de partes de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 1:00 p. m., y presenta los documentos solicitados junto con el comprobante de pago. Recibirás un número de expediente con el que puedes hacerle seguimiento en la sección Trámites enviados de la mesa de partes virtual.
También puedes presentar tus requisitos a través de la mesa de partes virtual, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. Los documentos ingresados fuera de este horario serán registrados al siguiente día hábil.
3. Espera la respuesta
En un plazo máximo de 5 días hábiles, la Oficina de Registro Civil atenderá tu solicitud y serás notificado mediante una llamada telefónica o al correo electrónico indicado.
En caso de haber presentado tu solicitud por la mesa de partes virtual de la entidad, recibirás la respuesta por ese medio.
4. Recoge tu constancia
Después de recibir la notificación, acércate a la Oficina de Registro Civil de la municipalidad, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. y de 2:00 p. m. a 5:00 p. m., y recoge tu constancia de nulidad.