Régimen General de Renta
Descripción
Está dirigido a las medianas y grandes empresas (personas naturales con negocio o personas jurídicas) que generan rentas de tercera categoría. En este régimen no hay límite de ingresos.
La ventaja de este régimen tributario es que puedes desarrollar tu negocio en cualquier actividad y sin límite de ingresos. En caso tengas pérdidas económicas en un año, se podrán descontar de las utilidades de los años posteriores, pudiendo llegar al caso de no pagar Impuesto a la Renta Anual.
En este régimen se realizan declaraciones mensuales, en el cual se determina el pago de dos impuestos:
- El Impuesto General a las ventas (IGV) del 18%, y
- El impuesto a la renta (el que resulte mayor de aplicar el coeficiente o 1.5% sobre los ingresos netos mensuales).
También se realiza una Declaración Jurada Anual, la cual te permite descontar de tus ingresos, los gastos relacionados con tu negocio. De esta manera pagas el impuesto del 29.5% sobre la utilidad final del año, en la cual podrás descontar los pagos que hiciste de manera mensual del impuesto a la renta.
Es importante que declares a tiempo tus impuestos, de acuerdo al Cronograma de vencimientos mensuales, según el último dígito de tu RUC, además de presentar tu declaración anual cada año.
Si deseas cambiar de régimen tributario por otro que se adecue mejor a tu negocio, solo puedes hacerlo en el mes de enero del siguiente año, siguiendo las indicaciones de tu régimen actual.
También puedes conocer otros regímenes tributarios para negocio.