Solicitar permiso de operación para prestar servicio de transporte turístico acuático

Si como persona natural o representante jurídico deseas brindar el servicio de transporte turístico acuático en el ámbito regional, ya sea por la vía marítima, fluvial y lacustre, debes solicitar un permiso de operación al gobierno regional que corresponda.

Esta autorización es obligatoria para brindar el servicio en tráfico regular, aquellos que prestan servicio hacia determinados circuitos turísticos cumpliendo frecuencias programadas, o irregular, aquellos que no están sujetos a frecuencias programadas. Además, garantiza que las naves que brindan el servicio cumplan con las exigencias mínimas de seguridad y cobertura, para evitar accidentes.

El gobierno regional verificará el cumplimiento de los requisitos y te otorgará la resolución de permiso de operación, la cual es de vigencia indeterminada.

Requisitos

  • Solicitud, según formulario que puedes solicitar en la entidad, que indique bajo declaración jurada:
    • Si realizas el pedido como persona jurídica, indica el número de partida registral en el que conste que el objeto social es de transporte turístico y cuyo capital mínimo requerido es de S/ 26,750.00 .
    • Relación de naves con las que realizarás el servicio.
    • Ámbito, tráfico y vía de servicio, precisando los circuitos turísticos correspondientes. En el caso de ofrecer un servicio regular, debes indicar además las frecuencias del mismo.
    • Indicar el día y el número de constancia de pago.
  • Si realizas el trámite como persona natural, agrega la copia simple de tu declaración jurada del Impuesto a la Renta presentada a la Sunat, correspondiente al año inmediato anterior. Si vas a iniciar una actividad comercial, agrega la copia del contrato por el que adquiriste la propiedad de la nave, con la cual se acredite el patrimonio.
  • Copia simple del certificado de matrícula vigente y del certificado nacional de seguridad de las naves, expedido por la autoridad marítima.
  • Copia simple del contrato de transferencia de la nave en caso de que en el certificado de matrícula no se encuentre a tu nombre.
  • Copia simple de las pólizas de seguros de accidentes personales y pólizas de responsabilidad civil frente a terceros y de los comprobantes que acrediten estar al día en el pago de las primas.
  • Copia simple de la opinión técnica previa favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), solo en los casos que incluyas circuitos en áreas naturales protegidas.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Paga tu trámite

Dirígete a la caja de la sede central del Gobierno Regional de Lima, ubicada en Av. Circunvalación s/n, Agua Dulce, Huacho, Lima, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:30 p. m. a 6:00 p. m. Detalla el procedimiento que quieres realizar y paga S/ 146.40 en efectivo por tu derecho a trámite.

Otra opción es pagar mediante transferencia bancaria al Banco de la Nación, al número de cuenta corriente 00-000-287288 o al Código de Cuenta Interbancaria (CCI) 01800000000028728805.

En ambos casos, guarda tu comprobante de pago.

2. Presenta tus documentos

Acércate a la Oficina de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Lima, ubicada en el mismo edificio, pide el formato de solicitud y complétalo. Luego entrega el formato junto a tus documentos y el comprobante de pago. Otra alternativa es enviar tu documentación a través de la mesa de partes virtual.

En ambos casos te asignarán un número de expediente para hacerle seguimiento a tu trámite.

Si tienes dudas o consultas, llama al teléfono (01) 5960195, dentro del horario de atención, para consultar su avance.

3. Recoge tu autorización

En un plazo máximo de 7 días hábiles desde la recepción de tu documentación, recibirás un correo electrónico o llamada de la entidad para recoger tu resolución de permiso de operación en la Oficina de Trámite Documentario, dentro del horario de atención.

Si tu solicitud es rechazada, tendrás 15 días hábiles para presentar un recurso de reconsideración o apelación. Si vence el plazo de atención y no obtienes respuesta, tu solicitud se considera aprobada