Solicitar la aprobación del plan de abandono parcial para actividades eléctricas
Si eres el titular de una empresa que brinda servicios eléctricos y quiere ejecutar las acciones propuestas para abandonar parte de tus instalaciones, infraestructuras o áreas intervenidas por la actividad eléctrica que realizas; debes solicitar la aprobación del Plan de Abandono Parcial a la Dirección General de Minería, si el proyecto está en Lima, o al gobierno regional correspondiente.
El plan de abandono parcial comprende el retiro de instalaciones temporales (oficinas, baños portátiles, etc.), así como el retiro de los materiales sobrantes de obra y residuos generados, procurando restaurar el ambiente dentro del área de influencia del proyecto.
Esta autorización aplica para centrales eléctricas con potencia menor o igual a 20 MW, proyectos de distribución eléctrica cuya demanda máxima sea inferior a 30 MW y líneas de transmisión de alcance regional.
La entidad verificará tus requisitos y te otorgará la resolución de la aprobación del plan de abandono parcial que tiene vigencia indeterminada.
Requisitos
- Solicitud dirigida al gobierno regional.
- Documento impreso o digital del instrumento de Gestión Ambiental Complementario o Plan de Abandono Parcial.
- Cronograma de actividades de abandono con fecha de inicio y fin.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Paga el trámite
Acércate a la caja de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, ubicada en Av. Confraternidad 408, Cusco, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., detalla el procedimiento que quieres realizar y cancela en efectivo S/ 1,630.70 por derecho a trámite. Guarda tu comprobante de pago.
2. Presenta tu solicitud
Luego de pagar, ve a la mesa de partes, que está ubicada en el mismo edificio, y presenta tus documentos, junto con el recibo de pago, al funcionario para que los revise. Si hay observaciones, te orientará para que las subsanes.
También puedes enviar tus documentos a través de la mesa de partes virtual de la entidad.
3. Recoge la resolución
En un plazo máximo de 30 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, regresa a la mesa de partes, en el horario de atención, y recoge la resolución que autoriza el plan de abandono parcial de tus actividades eléctricas.
Si vence el plazo de atención y no obtienes respuesta, puedes interponer los recursos administrativos que consideres. Si tu solicitud es rechazada, tendrás 15 días hábiles para presentar un recurso de reconsideración o apelación.