Cambiar la sustancia mineral de derecho minero de no metálica a metálica en áreas reguladas por la Ley N°27015

Si eres un pequeño productor minero o productor minero artesanal, titular de una concesión minera, y quieres cambiar la sustancia mineral de derecho minero de no metálico a metálico en áreas urbanas y de expansión urbana, debes solicitarlo al gobierno regional que corresponda.

Una sustancia mineral puede ser extraída por el titular de una concesión minera que trabaja en el suelo, subsuelo o del mar. Se clasifican como minerales metálicos al oro, cobre y otros minerales pesados; mientras que los no metálicos corresponden a los materiales de construcción o sustancias salinas.

Este procedimiento está regulado por la Ley N°27015, Ley Especial que Regula el Otorgamiento de Concesiones Mineras en Áreas Urbanas y de Expansión Urbana.

La entidad verificará tus requisitos y te otorgará la resolución de cambio de sustancia que tiene vigencia indeterminada.

Requisitos

  • Solicitud que contenga tu nombre completo y número de documento de identidad. Si el pedido es formulado por una persona jurídica, debes agregar los datos del representante y la partida registral inscrita en Registros Públicos, indicando que goza de las facultades requeridas para realizar este trámite.
  • Indicar la fecha y número de la constancia de pago del derecho de trámite.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Paga tu trámite

Acércate a la caja de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, ubicada en Av. Confraternidad 408, Cusco, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., detalla el procedimiento que quieres realizar y cancela en efectivo S/ 444.50 por derecho a trámite. Guarda tu comprobante de pago.

2. Presenta tus documentos

Luego de pagar, ve a la mesa de partes, que está ubicada en el mismo edificio, y presenta tus documentos, junto con el recibo de pago, al funcionario para que los revise. Si hay observaciones, te orientará para que las subsanes.

También puedes enviar tus documentos a través de la mesa de partes virtual de la entidad.

3. Recibe la resolución

En un plazo máximo de 30 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, regresa a la mesa de partes, en el horario de atención, y recoge la resolución que autoriza el cambio de sustancia mineral de derecho minero.

Si vence el plazo de atención y no obtienes respuesta, puedes interponer los recursos administrativos que creas conveniente. Si tu solicitud es rechazada, tendrás 15 días hábiles para presentar un recurso de reconsideración o apelación.