Solicitar reconocimiento de servidumbre convencional para actividades eléctricas en gobiernos regionales

Si eres titular de una concesión eléctrica y acordaste con los propietarios de los predios afectados el uso de sus terrenos, debes solicitar el reconocimiento de servidumbre convencional al gobierno regional correspondiente para continuar con el desarrollo de las actividades eléctricas de tu empresa.

La servidumbre convencional es un derecho que permite que un predio llamado ‘dominante’ disponga de otro predio denominado ‘sirviente’ para mejorar su uso o cubrir sus necesidades.

Este reconocimiento permite el avance de la generación (incluida la generación con Recursos Energéticos Renovables), transmisión y distribución de energía eléctrica de la concesionaria. Además, evita futuros desconocimientos de estos acuerdos y conflictos sociales.

La resolución de reconocimiento tiene vigencia indeterminada.

Requisitos

  • Solicitud que contenga tu RUC y domicilio legal. Si representas a una persona jurídica, agrega la declaración jurada de representante legal, indicando tu nombre y número de documento de identidad, y precisando que gozas de las facultades requeridas, número de asiento de inscripción, partida registral y la zona registral donde está inscrito.
  • Copia del acuerdo que acredite la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Presenta tus documentos

Acércate a la mesa de partes de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, ubicada en Av. Confraternidad 408, Cusco, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., y presenta tus documentos al funcionario para que los revise. Si hay observaciones, te orientará para que las subsanes.

También puedes enviarlos a través de la mesa de partes virtual de la entidad.

2. Paga tu trámite

Si todo está conforme, ve a la caja, que está ubicada en el mismo edificio, y cancela en efectivo S/ 1,043.90 . Guarda tu comprobante de pago.

3. Recibe la resolución

En un plazo máximo de 30 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, regresa a la mesa de partes, en el horario de atención, y recoge la resolución que autoriza tu servidumbre convencional para actividades eléctricas.

Si vence el plazo de atención y no obtienes respuesta, puedes interponer los recursos administrativos que consideres. Si tu solicitud es rechazada, tendrás 15 días hábiles para solicitar un recurso de reconsideración o apelación.