Servicios de justicia y sociales

Poder Judicial

Servicios:

Módulo Integrado de Justicia -Juzgado de Familia- Subespecialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar

Función:

Los Juzgados especializados se ubican en los Módulo Integrado. Los operadores que atienden denuncias están capacitados exclusivamente en la resolución del caso.

Estos módulos brindan servicios las 24 horas del día y están operados por un equipo interdisciplinario de profesionales en psicología, medicina, educación y asistencia social, quienes realizan entrevistas y evaluaciones a las víctimas, las cuales tienen validez durante el proceso judicial. Cuentan con ambientes para cámara Gesell, lactario, ludoteca, salas de audiencia, tópico, ambientes para entrevistas, entre otros.

Al respecto, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, publicado el 3 de junio de 1993, señala en el artículo 53 la competencia de los Juzgados de Familia, aclarando que en materia tutelar dichos juzgados conocen: “inc. c) Las pretensiones relativas a la prevención y protección frente a la Violencia Familiar que norman las Leyes Nº 26260 y 26763 y su texto único ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 006-97-JUS y su Reglamento”. Este marco legal que le servía de referencia para esta competencia fue derogado en noviembre del 2015 y fue reemplazado por la Ley 30364 que tiene competencia que va mucho más allá de la intervención en el plano de la familia.

En efecto, esta nueva disposición atiende la violencia contra las mujeres no sólo en el ámbito de las relaciones familiares sino donde sea que ocurran, sean espacios públicos, privados o cualquier otro. Asimismo se incluye la violencia a lo largo de todo el ciclo vital de las mujeres, superando las disposiciones anteriores que se centraban en la violencia que ejercía su pareja o algún familiar. Se incluyen entonces otras modalidades de violencia frente a la cual hay que proteger a la mujer como acoso sexual en espacio público, violencia entre enamorados, tentativa de feminicidio no íntimo, entre muchos otros, que superan largamente la competencia de los Jueces de familia.

Link del Sitio Web

Juzgado de Familia/ Juzgado Penal

Función:

A diferencia de los módulos integrados, los Juzgados de Familia también reciben denuncias de violencia contra las mujeres y emite medidas de protección para las víctimas. Sin embargo, este juzgado atiende estos casos, adicionalmente a casos de alimentos, tenencia, divorcio, entre otras problemáticas.

Según el art. 46 del capítulo V del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo Nº 017-93-JUS que norma sobre los Juzgados Especializados: “La Corte Suprema, atendiendo a las necesidades del servicio judicial y a la carga procesal, puede crear otros Juzgados de distinta especialidad a los antes señalados, definiendo su competencia”. En tal sentido se solicita la creación de los juzgados especializados en violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar en el marco del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes el grupo familiar.

De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial donde no existen los juzgados especializados atienden los jueces de familia, o los Juzgado Mixtos. Asimismo, la Ley 30364 y su reglamento disponen que las medidas de protección pueden ser otorgadas por los Jueces de Paz Letrado con competencia delegada así como por los Jueces de paz.

En cuanto a los juzgados penales, se encargan de valorar los elementos probatorios ofrecidos por las partes y juzgar al imputado.