VI Edición - Marca de Certificación Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer

Descripción

La Marca de Certificación es un reconocimiento otorgado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) a empresas públicas o privadas que promueven la igualdad de género en el entorno laboral e implementen actividades de prevención de la violencia contra la mujer dentro de sus organizaciones y hacia la comunidad. Aquellas empresas que cumplan con estos criterios, pueden solicitar la certificación, que tiene una duración de dos años.

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Resultados cancelatorios sub etapa 2 de la evaluación de la VI Edición de la Marca de Certificación Empresa Segura Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer

Información adicional:

Requisitos a tener en cuenta para la postulación de esta VI Edición:

  1. Estar activa y habilitada en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
  2. No haber incurrido en evasiones y/o elusiones tributarias.
  3. Estar habilitada para contratar con el Estado.
  4. No contar con sentencias judiciales firmes o consentidas, en materia laboral, por un periodo de 12 meses previos a la fecha de la convocatoria.
  5. Los/Las miembros de su directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no estén sentenciados/as o incursos en investigación fiscal o proceso judicial, por los delitos de corrupción de funcionarios/as, contra la administración pública y/o delitos ambientales.
  6. Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no estén sentenciados/as o incursos en investigación fiscal o proceso judicial por delito contra la libertad sexual o por haber incurrido en actos de violencia de género.
  7. Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no estén sancionados/as administrativamente por hostigamiento sexual en el ámbito laboral o actos de violencia de género.
  8. Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no se encuentren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial (REDAM).
  9. Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no presenten Información de omisiones tributarias reportadas a Centrales de Riesgo.
  10. Cuando la persona jurídica privada no se encuentra conformada por un directorio, socios/as y gerente/a general, los literales e), f), g), h) y i) son de aplicación para los/as representantes legales de las personas jurídicas privadas constituidas en el marco de la Ley 26887, Ley General de Sociedades, según corresponda.