Acerca de nosotros

Objetivos del Observatorio:

Objetivo general:

Difundir información en la temática de envejecimiento y vejez, promoviendo las investigaciones, estudios y avances a favor de la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores.

Objetivos específicos:

  1. Establecer un sistema de información permanente que permita recolectar, sistematizar, analizar, generar evidencia y difundir información sobre la temática de envejecimiento y vejez.
  2. Promover el desarrollo de investigaciones y estudios en temas de envejecimiento y vejez; que constituyan insumo para la formulación de políticas, programas, proyectos y servicios enfocados en satisfacer las necesidades y expectativas de las personas adultas mayores, promoviendo y protegiendo sus derechos.
  3. Contribuir a la toma de conciencia en la sociedad sobre los conceptos de envejecimiento y vejez, a fin de fomentar el buen trato a las personas adultas mayores y mejorar su calidad de vida, a través de la promoción de su autonomía, independencia y participación en los ámbitos sociales, económicos, políticos y culturales.
  4. Promover el diálogo, difusión y retroalimentación de aprendizajes entre los participantes e interesados en la temática.
  5. Fortalecer lazos de cooperación para replicar buenas prácticas relacionadas a la temática de envejecimiento y vejez.

Misión del Observatorio:

Desarrollar un sistema de información permanente que brinde insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas orientadas a la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores.

Visión del Observatorio:

El Observatorio Nacional sobre Envejecimiento y Vejez busca consolidarse como el principal referente del país para el estudio y la investigación en materia de envejecimiento y vejez, constituyéndose como el centro de información y transferencia de conocimiento sobre temas relacionados a las personas adultas mayores.

Dirección de Personas Adultas Mayores:

La Dirección de Personas Adultas Mayores depende de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y es responsable de formular, coordinar la implementación, realizar el seguimiento y evaluar la Política Nacional Multisectorial para las Personas Adultas Mayores. Asimismo, tiene a su cargo la supervisión, acreditación, sanción, el dictado de medidas de protección temporal y el seguimiento a la implementación de acciones para la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, de conformidad a lo establecido en la normativa vigente sobre la materia.

Son funciones de la Dirección de Personas Adultas Mayores las siguientes:

  1. Proponer proyectos normativos, disposiciones administrativas obligatorias u orientadoras, planes, programas y proyectos en temas de personas adultas mayores, especialmente en aquellos sectores de la población que sufren discriminación o desprotección social;
  2. Promover los derechos de las personas adultas mayores, en concordancia con la política nacional, la normativa nacional y los acuerdos internacionales;
  3. Promover la articulación y coordinación con las demás unidades orgánicas del MIMP, incluyendo sus programas nacionales, así como con los demás sectores, gobiernos regionales, gobiernos locales, instituciones públicas y privadas, para la implementación de políticas, planes y programas orientados a las personas adultas mayores;
  4. Promover, participar e integrar espacios para la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores a nivel nacional, regional y local;
  5. Diseñar, formular, coordinar y articular la implementación de la Política Nacional Multisectorial para las Personas Adultas Mayores; así como supervisar, realizar su seguimiento y evaluación en el ámbito nacional, regional y local;
  6. Brindar asistencia técnica y capacitación a los gobiernos regionales, locales y a las organizaciones de personas adultas mayores en las materias de su competencia;
  7. Promover la creación e implementación de los Centros Integrales de Atención a las Personas Adultas Mayores (CIAM) en los gobiernos locales;
  8. Promover el buen trato a personas adultas mayores;
  9. Promover investigaciones que se constituyan en insumo para la formulación de políticas, programas, proyectos y evidencias para los servicios a implementar, relacionados a las personas adultas mayores;
  10. Diseñar e implementar acciones de información, educación y comunicación en la temática de personas adultas mayores;
  11. Supervisar el cumplimiento de la normativa orientada a la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores;
  12. Acreditar a los Centros de Atención para Personas Adultas Mayores, públicos y privados;
  13. Registrar y acreditar a las organizaciones de personas adultas mayores de representatividad nacional;
  14. Supervisar a los Centros de Atención para Personas Adultas Mayores y a los Centros de Atención Temporal para Personas Adultas Mayores públicos y privados;
  15. Coordinar con la Dirección de Sociedades de Beneficencia la fiscalización a los Centros de Atención para personas adultas mayores;
  16. Resolver en primera instancia el procedimiento sancionador por incumplimiento de la normativa en materia de personas adultas mayores;
  17. Dictar medidas de protección temporal o medidas de protección temporal de urgencia a favor de las personas adultas mayores en situación de riesgo;
  18. Administrar y actualizar el Registro Nacional de organizaciones de personas adultas mayores y el Registro de instituciones que desarrollan programas, proyectos y otras actividades, a favor de las personas adultas mayores en su jurisdicción, recabando dicha información de los gobiernos regionales y locales;
  19. Promover el reconocimiento de las personas adultas mayores, entidades públicas, entidades privadas u otros actores que hayan destacado por su trabajo y actividades dirigidas a este grupo poblacional;
  20. Promover la participación y organización de las personas adultas mayores a nivel nacional;
  21. Promover la creación de servicios diferenciados, continuos, integrales, integrados considerando las necesidades de las personas adultas mayores en temas de prevención, atención integral y protección de las personas adultas mayores;
  22. Implementar y administrar el Registro de Infractores y Sanciones por incumplimiento a la normativa vigente;
  23. Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección General de la Familia y la Comunidad o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.