Curso en Enfoque de género a ser brindado por entidades de la administración pública en los tres niveles de gobierno y empresas del Estado

De acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 010-2022-MIMP las entidades de la administración pública o empresas del Estado pueden diseñar e implementar sus propios cursos en enfoque de género, previa validación de contenidos por parte del MIMP. Estos cursos se financian con cargo a su propio presupuesto institucional y deben ser registrados en el Plan de Desarrollo de las Personas (PDP) o en documento análogo.

1. Sobre el diseño y dictado del curso

Para la ejecución del curso de 24 horas para servidoras y servidores de las entidades públicas y trabajadoras y trabajadores de las empresas del Estado, se debe tener en cuenta lo siguiente:

a) Todo curso que se diseñe e implemente debe desarrollar como mínimo los temas señalados en la matriz de materia de capacitación transversal de enfoque de género. Ver aquí.

b) El diseño incluye la elaboración del sílabo, la secuencia instruccional, malla curricular y materiales respectivos.

c) Se deberá coordinar con el MIMP para la validación de los contenidos del curso. Esta coordinación la realiza directamente el/la representante del área de recursos humanos o la que haga sus veces de la entidad pública o de la empresa del Estado. Por ningún motivo, la persona natural o jurídica que se contrate para el diseño e implementación del curso deberá realizar las gestiones de validación del curso. Ir a trámite para la validación de contenidos.

2. ¿Quiénes pueden impartir la capacitación y qué requisitos deben cumplir?

El diseño y/o dictado del curso puede darse a través de las siguientes opciones:

OPCIÓN 1:

Por un personal de la entidad pública o empresa del Estado que cumpla con el perfil mínimo siguiente:

Para el diseño del curso

  • Estudios en género y gestión pública
  • Experiencia laboral en el sector público, mínimo un año
  • Experiencia en docencia de educación superior o dirigida a personas adultas, mínimo un año
  • Experiencia en diseño de acciones de capacitación dirigidas a personas adultas, mínimo un año

Para el dictado del curso

  • Estudios en género
  • Experiencia laboral en el sector público, mínimo un año
  • Experiencia en docencia de educación superior o dirigida a personas adultas, mínimo 3 acciones de capacitación

El/la profesional puede ser la misma persona que diseñe y dicte siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos de ambos perfiles mencionados.

OPCIÓN 2:

Por una persona natural contratada por la entidad pública o empresa del Estado que cumpla con el perfil mínimo de acuerdo a lo establecido en el presente documento.

Para el diseño del curso

  • Estudios en género y gestión pública
  • Experiencia laboral en el sector público, mínimo un año
  • Experiencia en docencia de educación superior o dirigida a personas adultas, mínimo un año
  • Experiencia en diseño de acciones de capacitación dirigidas a personas adultas, mínimo un año

Para el dictado del curso

  • Estudios en género
  • Experiencia laboral en el sector público, mínimo un año
  • Experiencia en docencia de educación superior o dirigida a personas adultas, mínimo 3 acciones de capacitación

El/la profesional puede ser la misma persona que diseñe y dicte siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos de ambos perfiles mencionados.

OPCIÓN 3:

Por la contratación de una persona jurídica proveedora de capacitación, que debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

  • Experiencia de diseño e implementación de acciones de capacitación como mínimo de tres (03) años. Para la verificación de la experiencia, debe alcanzar evidencias como informes de los servicios realizados, registros audiovisuales, entre otros, que la entidad pública o empresa del Estado considere pertinente para comprobar la experiencia.
  • Experiencia de trabajo con el sector público como mínimo de un año.
  • Contar con al menos dos profesionales para el diseño con el perfil mínimo señalado en el presente documento.

Para el diseño del curso

  • Estudios en género y gestión pública
  • Experiencia laboral en el sector público, mínimo un año
  • Experiencia en docencia de educación superior o dirigida a personas adultas, mínimo un año
  • Experiencia en diseño de acciones de capacitación dirigidas a personas adultas, mínimo un año

Para el dictado del curso

  • Estudios en género
  • Experiencia laboral en el sector público, mínimo un año
  • Experiencia en docencia de educación superior o dirigida a personas adultas, mínimo 3 acciones de capacitación

El/la profesional puede ser la misma persona que diseñe y dicte siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos de ambos perfiles mencionados.

3. Sobre el tipo de curso

El curso de capacitación en enfoque de género puede implementarse en algunas de las siguientes opciones:

  • Curso exclusivo en enfoque de género. Se abordan exclusivamente los contenidos de enfoque de género, cuyos temas a desarrollar se encuentran indicados en la matriz de capacitación transversal en enfoque de género.
  • Curso en gestión pública, políticas públicas u otras materias con enfoque de género. Debe desarrollar como mínimo los temas señalados en la matriz de capacitación transversal de enfoque de género o puede ser incluido en el sílabo como una unidad de aprendizaje o un módulo al inicio de este o de los contenidos del curso. Estos contenidos pueden desarrollarse de manera transversal a lo largo del sílabo, cumpliendo con el número de horas señalados en las áreas temáticas de la matriz de capacitación transversal.
  • Curso incluido en alguna especialización, programa, diplomado, entre otros. Debe desarrollar como mínimo los temas señalados en la matriz de materia de capacitación transversal de enfoque de género y debe ser incluido en la malla curricular como un curso, módulo o unidad de aprendizaje al inicio de la acción formativa o desarrollar los temas de manera transversal en toda la acción formativa, cumpliendo con el número de horas mínimas señaladas en las áreas temáticas de la matriz de capacitación transversal en enfoque de género.

4. Sobre los términos de referencia para la contratación del servicio de diseño y dictado del curso

Para la contratación de una persona natural o jurídica proveedora de capacitación, los Términos de Referencia (TDR) deben considerar, entre otros aspectos, lo siguiente:

  • Temas mínimos a desarrollar que serán los establecidos en la matriz de capacitación transversal en enfoque de género.
  • Perfil mínimo requerido para el personal a cargo del diseño y del dictado del curso reúna el perfil mínimo indicado líneas antes.
  • Que el curso tendrá un valor de al menos de 24 horas académicas.
  • Que para aprobar el curso la nota mínima será de 14 sobre 20.
  • Que se incluirá la aplicación de una encuesta de satisfacción del curso.

5. Consideraciones especiales

Se pueden brindar cursos de capacitación en enfoque de género al personal a través de sus diferentes escuelas o centros de capacitación, quienes diseñarán los contenidos mínimos señalados en la matriz de capacitación transversal en enfoque de género y seguirán los criterios establecidos para el diseño y dictado.

En el caso de que la entidad diseñe y dicte el curso en modalidad a distancia deberá contar con el equipo tecnológico que se requiera para tal fin.

Las entidades públicas cuyo personal participa en la oferta de capacitación de SERVIR-ENAP y del MIMP en el marco del D.S. N° 010-2022-MIMP, deben programarlo en el PDP, información a ser reportada en cumplimiento de la norma. En el caso de las empresas del Estado, el registro del curso debe darse en el documento análogo al PDP, información que también debe ser reportada a SERVIR en cumplimiento de la norma.

Pueden considerar como válidos los diplomados, maestrías y especializaciones en enfoque de género realizados por el personal de la entidad o empresa, lo que no limita que puedan participar de los cursos organizados por la entidad o empresa sobre la materia. Están incluidos también los/las participantes que aprobaron el curso de "Gestión pública con enfoque de género" realizado por SERVIR – ENAP y el curso “Agentes de cambio para la igualdad de género” realizado por el MIMP, en su versión de 24 horas de duración.

El/la representante del área de recursos humanos o quien haga sus veces, debe informar a los Mecanismos para la Igualdad de Género (grupos, comités, comisiones) sobre el proceso de diseño e implementación del curso, para el reporte de los avances que se realizan en el marco del D.S. Nº 005-2017-MIMP y D.S. Nº 015-2021-MIMP.

6. ¿Qué responsabilidades tienen las entidades públicas y empresas del Estado?

  • Liderar y dirigir que en la entidad o empresa se implemente del D.S. N° 010- 2022-MIMP.
  • Asegurar las acciones de capacitación sean parte de la planificación estratégica institucional.
  • Asignar presupuesto anual para que se ejecute a través del PDP o documento análogo.
  • Reportar trimestralmente a SERVIR la relación del personal capacitado y pendiente de capacitar.
  • Otras que asigna el Plan de Implementación Progresivo.