Consultar mi clasificación socioeconómica en el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh)

Información institucional del Sisfoh

¿Qué hacemos?

El Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) es un sistema intersectorial e intergubernamental, es decir, que trabaja de la mano con diferentes instituciones del Estado, como son las municipalidades provinciales y distritales a nivel nacional, para el recojo de datos a los hogares e identificar a los que se encuentran en situación de pobreza.

El Sisfoh tiene como principal función la administración del Padrón General de Hogares (PGH), el cual contiene información socioeconómica de los hogares y sus integrantes. Asimismo, el Sisfoh provee información socioeconómica a las intervenciones públicas focalizadas (IPF) como Juntos, Pensión 65, Contigo, SIS, Pronabec, entre otras, para la identificación de sus potenciales usuarias y usuarios.

Directorio

Dirección General de Focalización e Información Social

  • Nombre: Javier Alexander Paulini Sánchez
  • Cargo: Director General

Dirección de Operaciones

  • Nombre: Sandro Luis Martínez Lázaro
  • Cargo: Director

Dirección de Diseño y Metodología

  • Nombre: Viviana Natali Cruzado de la Vega
  • Cargo: directora

Dirección de Calidad de Información

  • Nombre: Samuel David Jaramillo de Souza
  • Cargo: director

Evolución Normativa del Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) y del Sistema Nacional de Focalización (Sinafo)

El Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) fue creado el 20 de diciembre de 2004 mediante la Resolución Ministerial N° 399-2004-PCM, con el propósito de proporcionar a los programas sociales información socioeconómica de los hogares que permita identificar y seleccionar a los beneficiarios de estos programas.

Inicialmente, el Sisfoh estuvo bajo la responsabilidad de la Secretaría de Gestión Multisectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). En octubre de 2005, mediante la Resolución Ministerial N° 372-2005-PCM, la operación del Sisfoh pasó a la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), donde comenzó a implementarse de manera progresiva.

Posteriormente, con la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se dispuso que el Sisfoh quedara a cargo del MEF a través de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales. Sin embargo, en enero de 2012, con la creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) mediante la Ley N° 29792, el Sisfoh fue transferido a la PCM. Más tarde, mediante el Decreto de Urgencia N° 001-2012, se estableció que el Sisfoh operara bajo la dirección del Midis hasta el 31 de diciembre de 2012.

Con la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se dispuso que el Sisfoh quedara permanentemente bajo la Dirección General de Gestión de Usuarios del Midis.

En 2016, la Ley N° 30435 dio lugar a la creación del Sistema Nacional de Focalización (Sinafo), integrando al Sisfoh dentro de este nuevo sistema. Además, esta ley estableció que la certificación de la Clasificación Socioeconómica fuera gestionada por la Unidad Central de Focalización, o su equivalente. Desde 2020, esta unidad, ahora denominada Dirección de Operaciones (DO), depende de la Dirección General de Focalización e Información Social (DGFIS) del Midis, gracias a la aprobación del Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS y la Resolución Ministerial N° 046-2020-MIDIS.

A lo largo de los años, se han desarrollado normas técnicas, métodos y procedimientos que regulan la focalización de hogares, además de la actualización constante del Padrón General de Hogares (PGH). La Ley N° 30435define que cualquier Intervención Pública Focalizada (IPF) o subsidio estatal que utilice criterios de focalización individual y elegibilidad por condición socioeconómica debe basarse en la información proporcionada por el Sisfoh a través del PGH.

En 2022, la Ley N° 31493 modificó la normativa del Sinafo, estableciendo que el Midis es el organismo exclusivo encargado de certificar la clasificación socioeconómica de las IPF, siempre y cuando estas consideren la condición socioeconómica entre sus criterios de elegibilidad.

El Reglamento del Sinafo ha evolucionado desde su primera aprobación en 2016. Modificado en 2017, se volvió a actualizar en 2019 de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1376 y en 2020 con el Decreto Supremo N° 001-2020-MIDIS. Luego, en 2023, en concordancia con la Ley Nº 31493 se aprobó el Reglamento mediante el Decreto Supremo N° 003-2023-MIDIS; sin embargo, a fines de 2023 se emite el Decreto Legislativo Nº 1612, con el cual fue creado el Organismo de Focalización e Información Social, dando lugar a la adecuación del nuevo Reglamento del Sinafo, que fue aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDIS.

En cuanto a la Directiva que regula la operatividad del Sisfoh, la Directiva N° 012-2015-MIDIS fue la primera en establecer su operatividad y fue modificada en 2016, 2017 y 2020. La última versión, la Directiva N° 006-2024-MIDIS, sigue vigente desde su aprobación mediante la Resolución Ministerial N° 069-2024-MIDIS.

Finalmente, el 21 de diciembre de 2023, se publicó en el diario El Peruano el Decreto Legislativo N° 1612, mediante el cual se creó el Organismo Técnico Especializado, conocido como Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), el cual se encargará de continuar con la conducción de la implementación del Sinafo y la operatividad del Sisfoh.

Integrantes del Sisfoh

El Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) está integrado de la siguiente manera:

  • El Midis, a través de la Dirección General de Focalización e Información Social (DGFIS) y sus unidades orgánicas.
  • Los gobiernos locales.
  • Las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE) de los gobiernos locales.
  • Las entidades a cargo de las intervenciones públicas focalizadas.

Responsabilidades de los integrantes del Sisfoh

Dirección General de Focalización e Información Social (DGFIS)

Es el órgano de línea dependiente Viceministerio de Políticas y Evaluación Social del Midis, responsable de implementar el Sinafo y conducir las acciones del Sisfoh en el proceso de determinación de la CSE de los hogares. La DGFIS tiene a su cargo tres Unidades Orgánicas: Dirección de Diseño y Metodología (DDM), Dirección de Calidad de la Información (DCI) y Dirección de Operaciones (DO).

Responsabilidades:

  • Diseñar, formular, proponer y evaluar los instrumentos y la metodología empleada, para el proceso de determinación de la CSE de los hogares.
  • Evaluar, dirigir y supervisar las acciones en el proceso de determinación de la CSE de los hogares, así como realizar el control de la calidad de la información de la determinación de la CSE.
  • Generar información de datos geoestadísticos, a fin de actualizar y complementar la información contenida en el PGH.
  • Elaborar y proponer la adopción de medidas para el control y prevención de inconsistencias de la información en el proceso de determinación de la CSE.
  • Formular e implementar acciones de evaluación de la calidad de la información en el proceso de la determinación de la CSE.
  • Elaborar estrategias de comunicación a ser difundidas a los integrantes del Sisfoh y a la ciudadanía, a nivel nacional.

Dirección de Operaciones (DO)

  • Generar y administrar la información del PGH bajo estándares de calidad, seguridad y confidencialidad.
  • Determinar la CSE de los hogares y sus integrantes de acuerdo con las disposiciones establecidas por la DGFIS.
  • Certificar la CSE de los hogares ante las entidades a cargo de la implementación de las IPF que hayan establecido la CSE como criterio de elegibilidad.
  • Coordinar con los integrantes del Sisfoh la remisión de información necesaria para el proceso de determinación de la CSE.
  • Coordinar la priorización de la atención de grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad que requieren CSE, en especial de niños menores de 6 años.
  • Brindar asistencia técnica y contribuir al fortalecimiento de capacidades de las ULE para el proceso de determinación de la CSE.
  • Supervisar técnicamente a las ULE respecto a las actividades de capacitación y asistencia técnica recibidas.
  • Proponer documentos técnicos para el resguardo, seguridad y confidencialidad de la información contenida en los instrumentos de recojo de datos, a cargo de las ULE.
  • Adoptar medidas preventivas y/o correctivas en el marco de la función de control en el proceso de determinación de la CSE.
  • Promover y articular con los demás integrantes del Sisfoh las acciones para el cierre de brechas y/o actualización de la CSE de hogares.
  • Difundir los derechos y responsabilidades de la ciudadanía en el marco de la entrega de información en el proceso de determinación de la CSE.
  • En el marco de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, la DO podrá asistir en el llenado del Formato S100; así como digitar la información en el sistema informático correspondiente.

Gobiernos locales

  • Gestionar y garantizar el funcionamiento óptimo de la ULE, que debe pertenecer a la Gerencia de Desarrollo Social o la que haga sus veces.
  • Asegurar la acreditación del responsable de la ULE en el sistema informático puesto a disposición por la DO.
  • Identificar y priorizar la atención de grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad que requieren CSE, en especial de niños menores de 06 años.
  • Suscribir el Formato D100 en el proceso de determinación de la CSE. La suscripción está a cargo del alcalde gerente con delegación de firma.
  • Propiciar condiciones para que el equipo técnico de la ULE participe en las actividades de capacitación programadas por la DO.
  • Impulsar el uso progresivo de sistemas informáticos para el registro de información que conlleve a la determinación de la CSE.
  • Monitorear la gestión oportuna de las solicitudes de CSE a cargo de la ULE.
  • Garantizar el funcionamiento de las ULE con personal y equipo técnico con condiciones mínimas para su desempeño.
  • Dotar a la ULE de un espacio físico adecuado, y proveer el mobiliario que permita el adecuado archivo y resguardo de los instrumentos de recojo de datos; así como otros documentos relacionados con el proceso de determinación de CSE (constancia de empadronamiento, Formato D100 firmado manualmente, Formato NV100, entre otros).
  • Desarrollar acciones para el cierre de brechas y actualización de la CSE de hogares en su jurisdicción.
  • Implementar las estrategias de comunicación elaboradas por la DGFIS, para la difusión del proceso de determinación de la CSE en su jurisdicción.

Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de los gobiernos locales

  • Absolver las consultas de la ciudadanía respecto al proceso de determinación de la CSE, gestionando e identificando la información a través de los sistemas informáticos puestos a su disposición.
  • Asistir al solicitante en el adecuado llenado del Formato S100, así como entregar la constancia de presentación del mencionado formato.
  • Brindar al solicitante información clara y sencilla respecto al llenado y recojo de datos personales y del hogar, así como de la importancia de consignar el consentimiento informado señalado en el Formato S100.
  • Planificar, ejecutar y conducir operativamente el recojo de la información del hogar a través de la aplicación de los instrumentos de recojo de datos.
  • Registrar en el sistema informático la información contenida en los instrumentos de recojo de datos aplicados al hogar, conforme a las pautas brindadas por la DO.
  • Remitir el Formato D100 suscrito de manera manual a la DO, de corresponder.
  • Sistematizar, archivar y resguardar los instrumentos de recojo de datos; así como otros documentos relacionados con el proceso de determinación de CSE (constancia de empadronamiento, Formato D100 firmado manualmente, Formato NV100, entre otros), conforme a las pautas brindadas por la DO.
  • Brindar información clara y comprensible al integrante del hogar que solicite el resultado de la CSE de su hogar y orientar en el uso de los sistemas informáticos puestos a disposición de la ciudadanía.
  • Participar en las actividades de capacitación programadas y convocadas por la DO.
  • Solicitar a la DO capacitación y asistencia técnica sobre el proceso de determinación de la CSE.
  • Ejecutar estrategias de comunicación elaboradas por la DGFIS para la difusión del proceso de determinación de la CSE.
  • Ejecutar acciones de manera coordinada o articulada con los demás integrantes del Sisfoh para el cierre de brechas y actualización de la CSE de los hogares.

Entidades a cargo de la implementación de las intervenciones públicas focalizadas (IPF)

  • Utilizar la CSE del hogar y sus variables en conjunto, certificada por el Midis, para verificar la elegibilidad de sus potenciales usuarios.
  • Registrar la afiliación de cada usuario mínimamente con las siguientes variables de la CSE:
  • Código de hogar,
  • Código de CSE (Ticket),
  • Nivel de la CSE,
  • Integrantes del hogar,
  • Dirección del hogar,
  • Fecha de inicio de la vigencia,
  • Fecha de fin de la vigencia,
  • Anotación del estado vigente.
  • Proporcionar la información de sus usuarios que sea requerida por la DGFIS en el marco del Sisfoh.
  • Suministrar información de sus usuarios en el marco del Mecanismo de Intercambio de Información Social
  • Informar y solicitar a sus usuarios para que actualicen la CSE cuando se advierta diferencias domiciliarias entre la CSE certificada por la DO y la constatada en la visita a sus usuarios.
  • Notificar a sus usuarios para que soliciten la actualización de la CSE, en los casos de cambio en la composición del hogar, conforme a lo certificado por la DO respecto a la anotación del estado vigente.
  • Comunicar y notificar a sus usuarios de manera masiva e individual la fecha de vencimiento de la CSE de su hogar, por lo menos 1 año antes de que la CSE pierda vigencia (caducidad).