Tramitar separación convencional

Es la primera etapa para conseguir tu divorcio rápido municipal. Para iniciarlo, deben haber transcurrido 2 años desde tu matrimonio civil.

Ten en cuenta que, al finalizar este proceso, aún no estarás divorciado, solo separado, por lo cual deberás tramitar tu divorcio ulterior, dos meses después. Una vez concluyas ambos procesos, dejarás de generar bienes a la sociedad de gananciales y podrás casarte nuevamente.

Requisitos

  • Solicitud dirigido al Alcalde expresando de manera indubitable la decisión de separarse, señalando nombres y apellidos, DNI, domicilio actual, lugar y fecha donde se ha contraído matrimonio y el ultimo domicilio conyugal. Debiendo tener la firma y huella de cada uno de los cónyuges y número de celular de ambos para efectos de notificación. En dicha solicitud, se deberá constar además, la indicación de si los cónyuges son analfabetos, no puede firmar, son ciegos o adolecen de otra discapacidad, en cuyo caso se procederá mediante firma a ruego, sin perjuicio de que impriman su huella digital.
  • Copia simple y legible de los documentos de identidad de ambos cónyuges.
  • Copia certificada del Acta o de la Partida de Matrimonio, expedida dentro de los tres (03) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Declaración jurada del último domicilio conyugal, suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges.
  • Recibo de pago de la tasa correspondiente.

REQUISITO ADICIONALES SEGÚN CORRESPONDA RELACIONADO CON LOS HIJOS

PAREJA SIN HIJOS MENORES DE EDAD Y SIN HIJOS MAYORES CON INCAPACIDAD:

  • Declaración jurada de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.

PAREJA CON HIJOS MENORES DE EDAD:

  • Copia certificada del Acta o de la Partida de Nacimiento del(os) menor(es).(expedida dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud)
  • Presentar copia certificada de la sentencia judicial firme o del acta de conciliación que determina los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y régimen de visitas.
  • Declaración Jurada de no tener hijos mayores de edad con incapacidad, con firma y huella.

PAREJA CON HIJOS MAYORES CON INCAPACIDAD:

  • Copia certificada del Acta o de la Partida de Nacimiento del(os) hijos mayor(es) con incapacidad.(expedida dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud)
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la curatela, alimentos y regímenes de visitas.
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme que declaran la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombran a su curador.
  • Declaración Jurada de no tener hijos menores de edad.

EN RELACION CON EL PATRIMONIO

  • En caso no hubieran adquiridos bienes, declaración jurada de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges.
  • En caso se haya optado por el régimen de separación de patrimonios, presentar copia simple del testimonio de la escritura pública inscrita en los Registros Públicos.
  • En el supuesto que se haya sustituido el régimen de la sociedad de gananciales por el de separación de bienes o se haya liquidado el régimen patrimonial, se presentara copia simple del Testimonio de la Escritura Publica inscrita en los Registros Públicos.

SEPARACIÓN CON PODER

  • Copia simple del Poder por Escritura Pública inscrito en Registros Públicos. Si el poder fue otorgado en el extranjero debe estar visado por el Cónsul peruano del país donde le dio el poderdante debiendo legalizarlo en Relaciones Exteriores y con traducción oficial de ser el caso.
  • Copia simple y legible del documento de identidad del apoderado.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 4 pasos:

1. Presenta los requisitos

Acércate al área de Gerencia de Desarrollo Humano- Registro Civil, ubicada en Jirón San Martín 675, Urbanización San Rafael- Agencia Municipal Canto Grande, de lunes a viernes de 8:00 a. m a 4:45 p. m, para la entrega y verificación de la documentación, asimismo se cancela el monto de S/ 402.90 (pagar en caja de la Agencia Municipal) por el derecho a trámite de separación convencional.

2. Ingreso de Documentos

Una vez evaluado la documentación se hace el ingreso respectivo en Mesa de Partes de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, ahí se generará un número de expediente, con el que puedes hacer seguimiento a tu trámite en esta misma oficina.

3. Acude a la audiencia

Los Conyugues serán convocados para la Audiencia única dentro de los 15 días siguientes a la calificación, en la fecha programada. En caso de inasistencia, debidamente justificada de uno o de ambos cónyuges, se convocará a nueva audiencia. De haber inasistencia de uno o de ambos cónyuges, se declara concluido el procedimiento.

4. Recibe la resolución de Separación Convencional

Ratificada la intención de separarse en la Audiencia Única, en un plazo no mayor de cinco (5) días se emitirá el acto administrativo que declara la Separación Convencional, manteniéndose subsistente el vinculo matrimonial.

Transcurridos dos (2) meses, podrán iniciar el trámite de divorcio ulterior y concretar la disolución del matrimonio.