Constituir el Comité de Gobierno y Transformación Digital en una entidad pública
Descripción
Es el mecanismo de gobierno para la transformación digital en las entidades públicas, responsable de liderar y dirigir este proceso, según lo indican las resoluciones ministeriales N.° 119-2018-PCM, N.° 087-2019-PCM y el Decreto Supremo N.° 157-2021-PCM.
Su tarea principal es evaluar, priorizar e implementar los procesos para la transformación digital de la entidad, además de formular el Plan de Gobierno Digital en coordinación con los órganos, unidades orgánicas, programas o proyectos de la entidad; evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades de la entidad, objetivos institucionales, entre otros, con miras a implementar el Gobierno Digital; entre otros.
Modalidad: Online
La normativa vigente indica que las entidades y empresas públicas deben:
1. Conformar el Comité de Gobierno y Transformación Digital
El cual debe estar integrado por:
- Titular de la entidad o su representante
- Líder de Gobierno y Transformación Digital
- Responsable del área de informática o quien haga sus veces
- Responsable de área de recursos humanos o quien haga sus veces
- Responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces
- Oficial de seguridad de la información
- Responsable del área legal o quien haga sus veces
- Responsable del área de planificación o quien haga sus veces
- Otros miembros que el titular de la entidad estime necesarios para el cumplimiento de los objetivos
2. Comunicarlo
Esta conformación se formaliza a través de una resolución o acto administrativo y se informa a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital.