Tramitar carta poder con firma legalizada en el extranjero

Si estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar gestiones administrativas u otras vinculadas con el cobro de sumas mínimas de dinero (como bancos, ONP, AFP, cobrar pensión de jubilación, viudez, cesantía, entre otros), debes legalizar una carta poder con firma en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.

Mediante este poder podrás facultar a otra persona a:

  • Realizar gestiones administrativas.
  • Cobrar montos que involucran cantidades menores a media UIT o S/ 2,750.00 .

Ten en cuenta que debes consultar antes con la entidad pública o privada donde será presentado si este poder es válido. Además, debes considerar que el poder tiene vigencia de 3 meses.

Requisitos

  • Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma del otorgante (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.

Costo:

20.00 Soles Consulares (*)

10.00 Soles Consulares (*) (**)

(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano. Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares​

(**) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.