Solicitar poder fuera de registro en el extranjero

Si estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar gestiones administrativas u otras vinculadas con el cobro de ciertos montos de dinero, debes solicitar un poder fuera de registro en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.

Mediante este poder podrás facultar a otra persona a:

  • Realizar gestiones administrativas (solicitar documentos, cobrar cheques, trámites municipales o ante distintas instituciones, cobrar pensión de jubilación, viudez, cesantía, entre otros).
  • Cobrar montos superiores a media UIT o S/ 2,750.00 hasta 3 UIT o S/ 16,500.00 en bancos, AFP, ONP, etc.

Este tipo de poder no se puede inscribir en los Registros Públicos por ser un instrumento público notarial extra protocolar.

Asegúrate de consultar previamente con la entidad pública o privada donde presentarás el poder para confirmar su validez. Además, considera que el poder tiene vigencia de un año.

Requisitos

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en el caso de ciudadanos peruanos; y en el caso de ciudadanos extranjeros, presentar pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
  • Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma del otorgante  (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.

Modalidad: Presencial

Costo 

20.00 Soles Consulares (*) 10.00 Soles Consulares (*) (**)

(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares​

(**) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.

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