Solicitar poder por escritura pública como persona natural en el extranjero
Si estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar gestiones vinculadas con la transferencia de propiedad (muebles e inmuebles), actos judiciales, venta de acciones, constitución de empresas, rectificación de partidas de nacimiento, entre otros, debes solicitar un poder por escritura pública en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.
Mediante este poder podrás facultar a otra persona a:
- Disponer de todos tus bienes.
- Representarte en procesos judiciales.
- Transferir propiedad (muebles e inmuebles).
- Vender acciones.
- Constituir empresas.
- Rectificar partidas de nacimiento.
- Otros actos previstos por ley y cuyos pagos o cobros que sean mayores de 3 UIT o S/ 16,050.00 .
Ten en cuenta que este poder no tiene una vigencia establecida, salvo que la estipules en el documento o lo revoques mediante otra Escritura Pública.
Requisitos
- El trámite es presencial.
- Documento digital de la minuta (borrador o proyecto del documento) en formato Word, con la indicación expresa de las facultades que desea otorgar al apoderado. Se recomienda redactarlo con la asesoría de un abogado.
- DNI o documento extranjero vigente del poderdante. En caso de actuar en representación de otra persona natural o jurídica, deberá presentar la vigencia de poderes o documento que acredite tal condición.
- Las personas mayores de 70 años deberán presentar un certificado médico o informe de salud mental debidamente legalizado. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo. En el caso que el solicitante no tenga dominio del castellano, deberá intervenir además de él un intérprete.
- Copia del DNI o documento extranjero vigente del apoderado.
- Documentos adicionales relacionados con el otorgamiento de poder.
- Para los poderes que involucren bienes inmuebles (casas, departamentos o terrenos) o vehículos, es indispensable adjuntar la ficha de registro público, con antigüedad no mayor de 30 días calendario a la fecha de firma de la escritura pública, y acreditar fehacientemente que el poderdante (la persona que otorga el poder) es el legítimo propietario del bien inscrito.
- Para trámites de separación o divorcio, se requiere presentar obligatoriamente el acta de matrimonio.
- Para lo relativo a sucesión intestada, es indispensable adjuntar el acta de defunción del causante.
- Número telefónico y correo electrónico de contacto.
- Información de la oficina de Registros Públicos ante la cual se realizará la inscripción del poder (Lima o provincia).
- Para el caso de documentos en un idioma distinto al español, se deberá adjuntar una traducción no oficial de cada documento.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 6 pasos:
1. Saca tu cita
Envía un mensaje al correo electrónico consulado@embperu.org.br o llama al +556132429933 (opción 1) para obtener orientación sobre este trámite, y posteriormente agendar la cita en un día y hora disponible.
2. Revisa el borrador del poder
Recibirás un correo electrónico con una propuesta de poder. Revísalo e indica si estás conforme o brinda observaciones hasta obtener una versión final.
3. Ve al consulado
Llega 10 minutos antes de la hora agendada a S.E.S Av. Das Nações Qd. 811, Lote 43. Lleva los documentos señalados en la sección requisitos. Al llegar, identifícate con tu DNI y menciona qué trámite realizarás.
4. Solicita la escritura pública
Dirígete a la Recepciónindicada por el Área de Informes. Entrega tu documentación completaal funcionario para su evaluación. Si la documentación es correcta, podrás continuar con tu trámite.
5. Paga tu derecho a trámite
Cuando sea tu turno, en la misma Recepción cancela 45.00 soles consulares (R$ 270.00 reales según el valor del tarifario). Puedes pagar mediante PIX o en efectivo. El funcionario te indicará cuándo puedes recoger el documento.
6. Paga la inscripción a Sunarp
Una vez que el consulado presente el parte electrónico de tu poder por escritura pública ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), recibirás un correo electrónico con el precio correspondiente para pagarlo por internet. Sigue las instrucciones, para abonar el monto por QR de Plin o Yape. Cuando pagues la tasa, la Sunarp inscribirá tu poder. Para usar este documento en nuestro país, deberás enviarlo físicamente por correo postal u otro medio al Perú y legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Conoce más sobre los trámites y servicios de la Sección Consular de la Embajada del Perú en Brasil.