Registrar matrimonios de peruanos celebrados en el exterior

Si eres peruano y has celebrado tu matrimonio ante autoridades extranjeras competentes, puedes registrarlo en las oficinas consulares ubicadas en el país donde se llevó a cabo el matrimonio.

Este registro puede ser solicitado en cualquier momento por el cónyuge peruano o por un apoderado de este.

Este trámite no implica una nueva celebración de matrimonio, permite el reconocimiento de esta desde la fecha de celebración ante la autoridad extranjera.

Requisitos

  • Acta de matrimonio extranjera, donde se compruebe que uno o ambos cónyuges son ciudadanos peruanos.
  • Si ambos cónyuges son peruanos, deberán presentar sus DNI.
  • Si uno de los cónyuges es extranjero, deberá presentar el documento con el que las autoridades extranjeras del país donde se solicita el registro lo identifiquen; mientras que el cónyuge peruano deberá presentar su DNI.
  • Si el cónyuge peruano solicita el registro de forma individual deberá presentar su DNI.
  • Si el registro es solicitado por un apoderado, éste deberá presentar un poder otorgado ante notario o cónsul peruano por escritura pública o fuera de registro, donde el poderdante autorice el registro de su matrimonio.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Saca tu cita

Envía un correo electrónico a consulado@embaperu.org especificando el trámite a realizar y adjunta los requisitos escaneados. La documentación será evaluada, de no existir observación te indicaremos, la fecha, la hora de la cita.

2. Realiza el trámite

El día de la cita dirígete a la sede de la oficina consular ubicada en la Calle 8 No. 307 entre 3ra. y 5ta. Miramar, Playa - La Habana , entrega los documentos originales, el funcionario consular los revisará y, si todo está orden el matrimonio será registrado

3. Recoge la copia certificada

Al siguiente día hábil podrás recoger una copia del acta. La primera copia es gratuita.

Conoce más sobre los trámites y servicios de la  Sección Consular de la Embajada del Perú en la República de Cuba