Solicitar autorización para operar como taller de conversión a GLP

Si eres propietario o representante legal de un taller de conversión a Gas Licuado de Petróleo (GLP), debes solicitar una autorización para operar al gobierno regional correspondiente.

Con este permiso, puedes realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para uso de gasolina o diesel al sistema de combustión de GLP.

Este procedimiento se realiza mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor.

La autorización tiene una vigencia de 5 años.

Requisitos

  • Solicitud según formulario. Puedes pedirla de forma gratuita en la entidad. Debe estar firmada por el representante legal, indicando bajo declaración jurada:
    • Dirección y nombre comercial del taller.
    • Número de la partida registral de la persona jurídica solicitante, en el que se detalle la personería jurídica. En el caso de personas jurídicas extranjeras, copia de la traducción simple del documento equivalente, otorgado conforme a las normas del país de origen.
    • Vigencia de poder, con una antigüedad no mayor de 15 días calendario a la fecha de presentación de la solicitud, en la cual debes señalar el número de la partida registral en el que se registró el poder.
    • Licencia de funcionamiento vigente expedida por la municipalidad correspondiente.
    • Si pretendes operar un taller de conversión a GLP dentro de una estación de servicio, indica que cuentas con la resolución de Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos de Osinergmin.
  • Copia simple del certificado de inspección del taller emitido por alguna entidad certificadora de conversiones a GLP, señalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2 al 6.1.5, 6.2.1 al 6.2.11, 6.3 y 7.2 de la Directiva N.° 005-2007-MTC/15.
  • Planos de ubicación y distribución del taller, detallando sus instalaciones y diversas áreas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva firmada por su representante legal.
  • Relación de equipos, maquinarias y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva N.° 005-2007-MTC/15 con carácter de declaración jurada, la misma que deberá ser suscrita por el representante legal. Además:
    • Adjunta una copia de los documentos que acrediten la posesión legítima de los equipos requeridos en los numerales 6.1.3.1 al 6.1.3.5.
    • Indica el número de la resolución de homologación vigente del analizador de gases expedido por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del MTC, conforme a lo establecido en las normas vigentes, y copia de su certificado de calibración vigente emitido por el fabricante del mismo o por su representante autorizado en el país.
  • Nómina del personal técnico del taller que incluya:
    • Nombres completos y DNI de cada uno.
    • Copia simple de los títulos o certificaciones que acrediten su calificación en mecánica automotriz, electricidad o electrónica automotriz. Para este efecto, el taller debe acreditar como mínimo contar con un técnico en mecánica automotriz y un técnico en electrónica o electricidad automotriz; o en su defecto, un técnico calificado en mecánica automotriz y en electrónica o electricidad automotriz.
    • Copia simple de los títulos o certificaciones que acrediten su calificación en conversiones vehiculares del sistema de combustión a GLP. Dicho documento deberá ser expedido por el proveedor de equipos completos de conversión a GLP con el cual el taller mantiene vínculo contractual.
    • Copia simple del documento que acredite relación laboral o vínculo contractual con el taller de cada técnico o colaborador.
    • Copia del contrato o convenio con uno o más proveedores de equipos completos de conversión a GLP mediante el cual se garantice el normal suministro de los kits de conversión, soporte técnico y la capacitación del personal técnico, así como copia de la constancia de registro respectiva expedida por Produce.
  • Copia del contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro documento vigente que acredite la posesión legítima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la directiva 6.1.2 Infraestructura Inmobiliaria.
  • Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual que cubra los daños a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, la cual deberá ser expedida por una compañía de seguros establecida legalmente en el país, sin perjuicio de otras pólizas que pudiera tener. El monto mínimo de cobertura de dicho seguro debe ser equivalente a S/ 535,000.00 que debe estar vigente al momento de tomar o renovar la póliza.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Paga el trámite

Acércate a la caja de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, ubicada en Calle Junín 264, Cercado de Moquegua, de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 4:00 p. m. Cancela S/ 156.20 en efectivo y conserva tu comprobante de pago.

2. Presenta tus documentos

Dirígete a la Oficina de Trámite Documentario, ubicada en el mismo edificio, y entrega los requisitos junto con el recibo de pago.

Otra alternativa es enviar tu documentación a través de la mesa de partes virtual.

En ambos casos, un funcionario validará tus documentos y te asignará un número de expediente para hacer seguimiento a tu solicitud a través del correo electrónico grtcmoq1mesadepartes@gmail.com. También puedes consultar el avance llamando al teléfono (053) 461 005, anexo 1003.

Si tus requisitos cuentan con observaciones, recibirás una notificación en tu correo electrónico y tendrás hasta 15 días hábiles para subsanarlas.

3. Espera una respuesta

En un plazo máximo de 30 días hábiles, recibirás un correo electrónico o llamada de la entidad para recoger la resolución que autoriza las operaciones en tu taller en la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, dentro del horario de atención.