Unidad Funcional de Integridad Institucional del Conadis

Sistema de Control Interno

El Sistema de Control Interno (SCI) se refiere al conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal de la entidad, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueven una gestión eficaz, eficiente, ética y transparente.

Su implementación es responsabilidad del o de la Presidenta, Gerencia General y todas las unidades orgánicas del Conadis. En esa línea, a fin de facilitar la coordinación e impulsar la implementación del Sistema de Control Interno como una herramienta de gestión permanente, que contribuya al cumplimiento de los objetivos institucionales, la Unidad Funcional de Integridad Institucional brinda asistencia técnica para la implementación del SCI.

La implementación en las entidades públicas se rige por la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado y su implementación está pauteada en la Directiva Nº006-2019-CG/INTEG y modificatorias.

Este sistema se organiza en tres ejes:

Eje Cultural Organizacional

Promueve la generación de condiciones adecuadas para el logro de objetivos institucionales. Es decir, que la entidad fortalezca la gestión con una estructura orgánica adecuada, asignación clara de responsabilidades, canales de comunicación efectivos, procesos para el reclutamiento y retención de personal calificado, así como un entorno organizacional favorable para el ejercicio de prácticas, valores éticos y reglas de conducta.

Para lograr esto, la entidad realiza un diagnóstico (paso 1) y posteriormente un plan que contiene medidas de remediación respecto de las deficiencias identificadas en el diagnóstico (paso 2).

Eje de Gestión de Riesgos

Comprende la identificación y valoración de los factores o eventos que pudieran afectar negativamente el cumplimiento de los objetivos institucionales, relacionados a la provisión de los productos que se brindan a la población (bienes o servicios públicos) así como determinar las medidas de control que reduzcan la probabilidad de que se materialicen dichos factores o eventos.

Para ello, la entidad realiza la priorización de productos (bienes y/o servicios) (paso 1) para realizar la evaluación de riesgos en la provisión de estos (paso 2) y, finalmente define medidas de control para mitigar los riesgos identificados; dichas medidas están contenidas en el Plan de Acción – Sección Medidas de Control (paso 3).

Eje de Supervisión

Incluye todas las actividades dirigidas a monitorear y evaluar la implementación de los dos ejes anteriores. Esta supervisión es realizada por la entidad, para ello debe elaborar informes de seguimiento (paso 1) y evaluación (paso 2) que deben ser enviados a la Contraloría General de la República, a través del aplicativo de control interno.

Se debe diferenciar el control interno del externo, pues el primero es implementado por las y los servidores civiles de cada entidad, mientras que el externo lo realiza la Contraloría General de República, a través de sus Órganos de Control Institucional (OCI), entre otros.

Si deseas, puedes revisar nuestro avance en la implementación del SCI.