Modificar una concesión de beneficio para instalar o construir instalaciones adicionales sin modificar la capacidad instalada y sin ampliar el área aprobada

Si como pequeño productor minero, titular de una concesión de beneficio, deseas realizar nuevas instalaciones sin ampliar el área que te otorgaron ni modificar la capacidad instalada, debes hacer una solicitud al gobierno regional correspondiente.

Podrás instalar o construir componentes adicionales que incluyen depósitos de relaves o plataformas de lixiviación (PAD), estructuras que se emplean para el almacenamiento y tratamiento de minerales, y sus recrecimientos; o mejoras de procesos sin modificar la capacidad instalada y sin ampliar el área de la concesión.

La autorización de funcionamiento es de vigencia indeterminada.

Requisitos

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Paga el trámite

Acércate a la Oficina de Tesorería de la sede central del Gobierno Regional de Moquegua, ubicada en Malecón Mariscal Domingo Nieto 1-B s/n, sector El Gramadal, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 p. m. o de 1:00 p. m. a 4:00 p. m., y cancela en efectivo S/ 2,655.60 . Conserva tu comprobante de pago.

2. Presenta tu solicitud

Ingresa con tu usuario y contraseña al extranet del Minem, dirígete al enlace Concesiones y Autorizaciones de Beneficio y completa los requisitos exigidos en los literales a y c del numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Mineros, adjunta los documentos solicitados más el voucher de pago y envía la solicitud. Puedes revisar el manual de usuario para hacerlo.

Otra alternativa es entregar los requisitos en la mesa de partes de la Gerencia Regional de Energía y Minas, ubicada en Av. Balta 401, Moquegua, de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 12:15 p. m. o de 1:30 p. m. a 4:30 p. m.

En ambos casos, un funcionario validará tu documentación y te asignará un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu trámite en línea o a través del correo electrónico mesadepartes@energiayminasmoquegua.gob.pe. También puedes llamar al teléfono (053) 463 335 para consultar su avance.

De haber observaciones, la entidad te notificará por la misma vía y tendrás 15 días hábiles para subsanarlas.

3. Recibe la resolución

En un plazo máximo de 90 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, recibirás la resolución de modificación por correo electrónico y de manera física en tu domicilio declarado.