Solicitar el establecimiento de servidumbre
Si representas a una empresa que obtuvo la concesión de proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica y necesitas el establecimiento de servidumbre en terrenos de terceros, debes realizar el pedido en el gobierno regional que corresponda.
A través de la servidumbre, la empresa podrá usar los terrenos para desarrollar sus actividades sin que se vea afectada por la oposición de los propietarios de los predios en mención, regulando las obligaciones y derechos de los concesionarios, de forma tal que pueda ejercer su actividad y el propietario afectado reciba la compensación adecuada.
La entidad verificará tus requisitos y te otorgará la resolución de servidumbre, la cual tiene vigencia indeterminada.
Requisitos
- Solicitud que contenga tu identificación y domicilio legal. Si representas a una persona jurídica, agrega declaración jurada de representante legal, indicando tu nombre y número de documento de identidad, y precisando que gozas de las facultades requeridas, número de asiento de inscripción, partida registral y la zona registral donde está inscrito.
- Informe que contenga lo siguiente:
- La naturaleza, tipo y duración de la servidumbre.
- La ubicación del área de servidumbre, a nivel de distrito, provincia y departamento.
- La justificación técnica y económica de la servidumbre.
- La descripción de la situación y uso actual de los predios y aires por gravar.
- Informe que contenga relación de los predios a ser gravados, señalando el nombre y domicilio de cada propietario, si fuese conocido. Si no es posible, debes adjuntar una declaración jurada de haber agotado todos los medios para establecer la identidad y el domicilio del propietario.
- Memoria descriptiva, coordenadas UTM y planos de la servidumbre solicitada. Agrega una copia de los planos donde se ubica el área por ser gravada de cada uno de los predios con cuyos propietarios no exista acuerdo sobre el monto de la compensación e indemnización, de ser el caso.
- Copia del acuerdo que el concesionario haya suscrito con el propietario del predio, por ser gravado (aún no se ha impuesto la tasa), y de los comprobantes de pago correspondientes, de ser el caso. El acuerdo debe estar formalizado con la certificación de la firma de las partes por notario público o juez de paz.
- Informe que contenga aquellos casos en los que no exista acuerdo entre las partes. Incluye copias de los documentos que acrediten que se haya realizado un trato directo o negociación con el propietario afectado para llegar a un acuerdo sobre el pago de la compensación o indemnización, si fuera el caso, así como una declaración jurada de haber agotado la etapa de trato directo con el propietario del predio por ser gravado. Asimismo, debes presentar la propuesta de tasación, que comprende los conceptos de compensación e indemnización.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Presenta tus documentos
Acércate a la Oficina de Trámite Documentario del Gobierno Regional La Libertad, ubicada en Calle Los Brillantes 650, Urbanización Santa Inés, Trujillo, o a la Oficina de Trámite Documentario de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, ubicada en Jirón Miguel Grau 733, Trujillo, de lunes a viernes de 7:45 a. m. a 4:15 p. m., y presenta tus documentos. También puedes presentar tus documentos a través de la mesa de partes virtual.
Al finalizar, recibirás un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu solicitud escribiendo al correo electrónico gremh@regionlalibertad.gob.pe para conocer detalles sobre los avances de tu pedido.
2. Realiza el pago
Dirígete a la caja, ubicada en el mismo edificio, y cancela S/ 497.80 en efectivo. Guarda tu comprobante de pago.
3. Recoge tu documento
En un plazo máximo de 18 días hábiles, la entidad resolverá tu solicitud. Acércate a la oficina de trámite documentario donde iniciaste el trámite, y recoge tu resolución de servidumbre.
Si venció el plazo de atención y no obtienes respuesta, puedes interponer los recursos administrativos que consideres. Si tu solicitud es rechazada, tendrás 15 días hábiles para solicitar un recurso de reconsideración o apelación.