Subgerencia de Desarrollo Urbano y Rural

Es el órgano de línea encargado del desarrollo sostenible del distrito en sus aspectos de infraestructura y equipamiento. Se encarga de normar y controlar las edificaciones privadas, habilitaciones urbanas y el saneamiento físico legal; así como normar y controlar el ornato.

Corresponde a la Subgerencia de Desarrollo Urbano y Rural, las siguientes funciones y atribuciones:

  • Proponer el Plan de Desarrollo Urbano del distrito, para su aprobación por el Concejo Municipal, en concordancia con el Plan de Desarrollo Local Concertado y de acuerdo con la normatividad vigente;
  • Dar cumplimiento de las Leyes, Decretos de Alcaldía, Reglamentos y Ordenanzas en la actividad de Desarrollo Urbano del distrito; asi como la atención y orientación del vecino para la correcta aplicación de los dispositivos legales que regulan el uso, construcción y conservación de las edificaciones privadas y públicas;
  • Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de Habilitaciones urbanas; construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica; y las demás establecidas de acuerdo al TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos) y a los planes y normas sobre la materia;
  • Planificar, organizar, dirigir y supervisar todas las acciones inherentes a la formulación de los estudios de preinversión y la ejecución de obras de inversión pública, contemplando lo previsto en las normas del SNIP;
  • Promover el desarrollo de la infraestructura básica y el mantenimiento de la infraestructura pública dentro del ámbito del Distrito de Majes;
  • Supervisar y controlar la ejecución de las obras por Contrata, convenio y administración directa dando su conformidad hasta la liquidación de la obra correspondiente, e informar a las Unidades Orgánicas correspondientes para su correcto registro contable y patrimonial;
  • Conducir, Coordinar, supervisar y monitorear el cumplimiento del Plan Anual de inversiones de la Municipalidad y la asignación de los recursos económicos y financieros de inversión en el marco de su competencia;
  • Cumplir las disposiciones sobre ornato, construcción en vías públicas, propiedades públicas y privadas, instalaciones de servicio vial y 2onificación de los usos de suelo, en conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano Vigente;
  • Proponer a la Gerencia Municipal, la política de promoción de ia inversión privada en el campo urbanístico y edificatorio en el distrito, así como la normatividad pertinente para su implementación;
  • Conducir y monitorear el catastro y control urbano del distrito;
  • Supervisar la actualización de los planos urbanos del Distrito para el adecuado control del uso de tierras y la regularización de las áreas urbanas, así como el mantenimiento y actualización catastral;
  • Supervisar la demarcación del Distrito en cuanto a sus limites y presentar proyectos para su conservación, de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente;
  • Cumplir y hacer cumplir la vigencia del Plan de Desarrollo Urbano y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de acondicionamiento Territorial;
  • Supervisar el funcionamiento de las Comisiones Técnicas de Habilitaciones Urbanas y la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos;
  • Planificar, promover, coordinar, ejecutar, controlar y desarrollar acciones relativas a la administración y reglamentar directamente el servicio de agua potable y saneamiento en el Distrito de Majes;
  • Brindar asistencia técnica, fiscalizar y supervisar a las Organizaciones Comunales (OC), Juntas Administradoras de Servicios y saneamiento (ASS) y Comités de Vigilancia de la Jurisdicción de Majes;
  • Reconocer y registrar a las JASS para la administración de ¡os Servicios de agua potable y saneamiento y llevar el registro actualización de la situación de sus sistemas de saneamiento.
  • Efectuar la prestación de los Servicios establecidos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), que sean de su competencia, asi como aquellos que se le designen de acuerdo Ley;
  • Expedir resoluciones administrativas en primera instancia y resolver los recursos impugnativos de reconsideración en materias de su competencia, conforme lo establecido en el TUPA;
  • Elevar al Titular del Pliego para su resolución, a fin de agotar la vía administrativa, los expedientes presentados en apelación referidos al literal anterior;
  • Asumir la supervisión y responsabilidad de las decisiones de carácter técnico legal especializadas emitidas por las Unidades Orgánicas a su cargo;
  • Proponer, ejecutar y evaluar su Plan Operativo y Presupuesto Anual en base al Plan de Desarrollo Local Concertado y Plan Estratégico Institucional, en el ámbito de su competencia;
  • Coordinar y brindar información necesaria para la implementación de mejoras en los procesos de su competencia;
  • Coordinar y brindar información necesaria sobre los procedimientos administrativos con la finalidad de elaborar los costos, en el ámbito de su competencia;
  • Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia a través de directivas, procedimientos y otros documentos, a la Unidad Orgánica pertinente;
  • Otras que le asigne la Gerencia Municipal y sean de su competencia.

Visor Geográfico del distrito de Majes