Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso (CNLCTF)

Miembros

La Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso (CNLCTF) está conformada por los representantes indicados en el artículo 1° del Decreto Supremo N° 001-2007-TR, y sus modificatorias.

También forma parte de la CNLCTF la Defensoría del Pueblo en calidad de observador. Según el artículo 9° del Reglamento Interno de la CNLCTF (Resolución Ministerial N° 061-2017-TR), la Presidencia está a cargo del o la Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), siendo su representante alterno el o la Directora de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo (DGDFSST) del MTPE.

Según el artículo 12° del Reglamento Interno de la CNLCTF, la Secretaría Técnica está a cargo del o la Directora de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales (DPPDFL) de la DGDFSST del MTPE.

Conformación de la CNLCTF

La conformación de la CNLCTF es la siguiente:

  • Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside.
  • Ministerio de Salud
  • Ministerio de Educación
  • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
  • Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
  • Ministerio del Interior
  • Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
  • Ministerio Público
  • Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
  • Ministerio del Ambiente
  • Ministerio de Cultura
  • Ministerio de Energía y Minas
  • Ministerio de la Producción
  • Instituto Nacional de Estadística e Informática
  • Poder Judicial
  • Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
  • Organizaciones de trabajadores y
  • Organizaciones de empleadores.