Notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos

Notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos.

Requisitos

Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE). Para obtener el número de SUCE deberá tramitarlo con el Código de Pago Bancario (CPB). Declaración del fabricante en caso de maquila. Fórmula cualitativa en nomenclatura INCI. Fórmula cuantitativa, en nomenclatura INCI (cuando corresponda). Especificaciones organolépticas y fisicoquímicas de producto terminado. Especificaciones microbiológicas (cuando corresponda). Autorización del fabricante al responsable de la comercialización en la que deberá indicarse nombre, dirección, teléfono, fax, país, e-mail del responsable o de los responsables de la comercialización, si fuera el caso. Certificado de libre venta - CLV (cuando corresponda) emitido con una antigüedad no mayor a 5 años contados desde la fecha de presentación de la correspondiente Notificación Sanitaria Obligatoria o autorización similar expedida por la autoridad competente del país de origen. Proyecto de arte de la etiqueta o rotulado (especificar los contenidos netos a comercializar). Justificación de las bondades y proclamas de carácter cosmético, cuya no veracidad pueda representar un problema para la salud. Material del envase primario.

Modalidad: Online

Teléfono: 315-6600 Correo: webmaster@minsa.gob.pe www.vuce.gob.pe

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Acércate a la oficina central del Ministerio de Salud que está ubicada en la Av. Salaverry N.° 801, Jesús María, en Lima. Precio del servicio: 35.40 % (S/ 1628.40) de la UIT.