Solicitar autorización para prestar el servicio de radiodifusión

Si deseas tratar temas informativos, de conocimiento, cultura, educación o entretenimiento a través de programación radial o televisiva para el público en general, debes solicitar la autorización para prestar servicios de radiodifusión al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

La autorización tiene una vigencia de 10 años desde la confirmación de la recepción de la notificación y puede ser renovada por el mismo periodo.

El trámite es gratuito.

El servicio de radiodifusión se clasifica por:

  • Por la modalidad de operación:
  • Servicio de radiodifusión sonora: radiocomunicación que permite difundir programación de audio a distancia, cuyas emisiones son recibidas directamente por el público en general. La señal de audio que se clasifica en Frecuencia Modulada (FM), Onda Media (OM) y Onda Corta (tropical e internacional).
  • Servicio de radiodifusión por televisión: radiocomunicación que permite la difusión de imágenes y sonido a distancia, cuyas emisiones son recibidas directamente por el público en general. La señal de video y audio que se clasifica en VHF y UHF.
  • Por la finalidad:
  • Comercial: la programación está destinada al entretenimiento y recreación del público, temas informativos, noticiosos y de orientación a la comunidad, dentro del marco de los fines y principios que orientan el servicio.
  • Educativa: la programación se destina principalmente a fomentar la educación, la cultura y el deporte y a la formación integral de las personas. En sus códigos de ética incluyen los principios y fines de la educación peruana. Las entidades educativas públicas solo pueden prestar el servicio de radiodifusión educativa.
  • Comunitaria: sus estaciones están ubicadas en comunidades campesinas, nativas e indígenas, áreas rurales o de preferente interés social. Su programación se destina a fomentar la identidad y costumbres de la comunidad en la que se presta el servicio, fortaleciendo la integración nacional.

Condiciones:

  • La radiodifusión se brinda por localidades que pueden involucrar más de un distrito, provincia y departamento, donde operan un número determinado de canales de televisión o frecuencias de radio.
  • El trámite enmarca aquellas solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por personas jurídicas o naturales, en localidades que no se encuentran calificadas como lugares de preferente interés social, áreas rurales o zonas fronterizas, además, en el caso de televisión, no deben contar con estaciones autorizadas.
  • El número de solicitudes presentadas no debe exceder a la cantidad de frecuencias o canales de televisión que existen dentro de una localidad, de ser el caso, la localidad entrará en restricción y solo se otorgará la autorización a través de concurso público.
  • A través del Registro Nacional de Frecuencias (RNF) es posible determinar la disponibilidad de frecuencias o canales en las localidades donde pretendes prestar el servicio de radiodifusión.
  • Después de otorgada la autorización para prestar un servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que dura 12 meses, prorrogables por 6 meses más. En este periodo el titular instala los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizan las pruebas de funcionamiento para la inspección técnica de la Dirección General de Fiscalización y Sanciones en Comunicaciones.
  • Los radiodifusores están obligados al pago de una tasa por explotación de servicio y el canon por la utilización del espectro radioeléctrico.

Requisitos

  • Formulario de solicitud, llenado y firmado.
  • Correo electrónico.
  • Perfil de proyecto técnico firmado y sellado por un ingeniero habilitado y colegiado.
  • Plano geográfico de la localidad a escala 1/100,000, graficando la zona de servicio (excepto para la banda de Onda Corta).
  • Formato de inversión proyectada, completado y firmado.
  • Formato de proyecto de comunicación, completado y firmado.
  • Completar la Hoja de datos personales, de los socios, accionistas, asociados, titular, representante legal, gerente, apoderado y directores nacionales y extranjeros, de contarse con participación extranjera. Este requisito será presentado también respecto de los socios, accionistas, asociados, titular, representante legal, gerente, apoderado y directores nacionales y extranjeros de la persona jurídica miembro de la persona jurídica solicitante.
  • Indicar el día de pago y el número de constancia de pago, en caso el trámite sea realizado presencialmente.
  • Convenio de uso compartido de infraestructura suscrito por las partes intervinientes, de ser el caso. Si presentas el convenio, no es exigible el plano geográfico de la localidad.
  • Declaraciones juradas de no haber sido condenado con pena privativa de libertad de 4 o más años, por la comisión de un delito doloso, y de la vigencia del poder del representante legal, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 006-2017-MTC.

Además, si representas a una persona jurídica, agrega:

  • Copia simple del instrumento legal donde conste la calidad de accionista o asociado, en caso de sociedades anónimas y asociaciones. Dicho requisito será presentado también respecto de los accionistas o asociados de la sociedad anónima o asociación integrante de la persona jurídica solicitante.
  • Completar la Declaración jurada indicando la composición accionaria (así como la participación en el capital social) o la relación de los asociados, en caso de sociedades anónimas y asociaciones. Dicho requisito será presentado también respecto de la sociedad anónima o asociación miembro de la persona jurídica solicitante.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Para empezar, registra tu cuenta en el TUPA Digital del MTC, valida tus datos y correo electrónico y después inicia sesión. Paga con tarjeta débito o crédito S/ 434.40 , a través de la opción de pago del TUPA Digital, y guarda el comprobante.

Luego de pagar, busca el trámite:

  • Persona jurídica: DGAT-019 autorización para la prestación de un servicio de radiodifusión.
  • Persona natural: DGAT-018 autorización para la prestación de un servicio de radiodifusión.

Haz clic en Iniciar procedimiento y adjunta tus documentos y comprobante de pago, en formato PDF, con un peso máximo de 50 MB.

Para terminar, selecciona Enviar solicitud. El sistema de brindará un número de expediente para hacer seguimiento de tu trámite.

Solicita tu autorización

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Paga el trámite

Acércate a caja de la sede central del MTC ubicada en Jr. Zorritos 1203, cercado de Lima, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:30 p. m. y cancela S/ 434.40 , por derecho a trámite. También puedes pagar a través del TUPA Digital o al código 1009 del Banco de la Nación.

Guarda tu comprobante de pago.

2. Ingresa tu solicitud

Dirígete a la mesa de partes central del MTC, ubicada en el mismo edificio o, si estás en provincia, a la mesa de partes de los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m., y presenta los requisitos. Si tu documentación tiene alguna observación, te notificarán al correo electrónico indicado en tu solicitud, para que la subsanes.

3. Espera respuesta

En un plazo de 80 días hábiles, recibirás respuesta a través del correo electrónico que declaraste en tu solicitud.  Para que tu autorización entre en vigencia, debes responder al correo dando la conformidad a la recepción de la notificación.

Si transcurren 2 días hábiles sin que des respuesta, te enviarán la notificación física a tu dirección consignada y la entidad deberá esperar el cargo de recepción para la vigencia de tu autorización.