Solicitar pensión de sobrevivientes - (viudez)

Si eres un empleado de esta institución, y requieres recibir tu pensión de sobreviviente - viudez, puedes realizar este trámite para que la entidad envíe tu información y demás documentos a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), con el fin de que califique y autorice el pago correspondiente.

Requisitos

En los casos en que el matrimonio haya sido realizado antes de los 12 meses del fallecimiento del causante y el derecho a pensión de viudez se haya generado durante la vigencia de la Ley N° 25008 (derogada por la Ley N° 28449 vigente desde el 31 de diciembre de 2004), se deberá presentar:

  • Copia certificada del parte policial y/o certificado de necropsia, si el fallecimiento fue por accidente.
  • Copia certificada de la Partida de Nacimiento de hijos en común, con una antigüedad no mayor de 3 meses a la fecha de presentación.
  • Certificado médico que acredite el estado de gravidez de la cónyuge a la fecha de fallecimiento del causante.

Si el cónyuge sobreviviente fuese minusválido, adjuntar dictamen de Comisión Médica del Seguro Social de Salud (EsSalud) o del Ministerio de Salud que acredite la minusvalía.

De ser hombre el solicitante, deberá presentar:

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Ingresa al sistema, haz clic en Ventanilla Virtual y luego en Nuevo Expediente. Indica que este nuevo registro es un procedimiento TUPA. Escribe "03" en el apartado código TUPA. Dale doble clic al concepto del trámite que realizarás.

Adjunta los documentos señalados en requisitos, da clic a Grabar y Enviar Información al Ministerio. Recibirás en tu correo electrónico un número de expediente para que hagas el seguimiento de tu trámite en línea.

Solicita pensión de viudez

En un plazo máximo de 30 días hábiles, obtendrás la respuesta a tu solicitud. Si tienes dudas o consultas, comunícate con Junior Benites, especialista en pensiones de la Oficina de Personal del Mincetur, al correo jbenites@mincetur.gob.pe o al 51997025630.