Pagar impuesto de alcabala

Si has comprado o adquirido un inmueble, estás obligado a pagar el impuesto de alcabala en la municipalidad de tu distrito o provincia de manera presencial. Solo si el inmueble está ubicado en un distrito de Lima, puedes pagar el impuesto de alcabala en las notarías afiliadas al SAT o en cualquiera de las agencias SAT.

Para hacerlo, tienes plazo hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia de la propiedad. Si no pagas, acumularás intereses moratorios.

Este impuesto grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos cuyo valor de venta o autovalúo superen las 10 UIT.

Ten en cuenta que cuando es un proceso de primera venta o de compra de un bien futuro; es decir, cuando le haces la compra directamente a una constructora, no tienes que pagar Impuesto de alcabala ya que estos bienes no están afectos de este impuesto.

Requisitos

  • Copia de la minuta de compraventa o escritura pública.
  • Copia del DNI del nuevo propietario.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Calcula el monto a pagar

Acércate a la Gerencia de Administración Tributaria de la municipalidad, ubicada en Calle Plaza de Armas 185, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 3:00 p. m , y solicita a la persona encargada el cálculo del impuesto que debes pagar.

2. Paga el impuesto de alcabala

Dirígete a la caja de la municipalidad y cancela el monto indicado. Guarda el comprobante de pago.

3. Solicita tu constancia

Si necesitas tu constancia de alcabala regresa a la Gerencia de Administración Tributaria, donde recibirás la orientación de los pasos a seguir para obtener tu constancia.