Registrar a un recién nacido en la municipalidad

Si tienes un hijo recién nacido, debes registrarlo en cualquiera de las oficinas registrales del Reniec a nivel nacional. Si no hay una cerca de tu localidad, puedes hacerlo en la municipalidad de tu distrito o provincia para obtener el acta o partida de nacimiento por primera vez.

Este procedimiento es gratuito y permite que tu hijo disfrute de todos los beneficios de ser un ciudadano peruano, como obtener su DNI o acceder a programas sociales. No es necesario que lo lleves para su inscripción.

El plazo de inscripción es de 60 días calendario para:

  • Recién nacidos en establecimientos de salud públicos o privados.
  • Hijos de peruanos nacidos en el exterior con domicilio fijo en territorio peruano y que no fueron inscritos en la Oficina Consular.

Para centros poblados y comunidades nativas, el plazo es de 90 días calendario.

Si no lo haces en ese plazo, tendrás que realizar la inscripción extemporánea.

Requisitos

  • Certificado de Nacido Vivo expedido por un profesional competente o por una persona autorizada por el Ministerio de Salud (Minsa).
  • En caso no exista en la localidad un profesional o persona competente que certifique el parto, puedes presentar una constancia otorgada por una autoridad política, judicial o religiosa que confirme el nacimiento.
  • Presencia de los padres portando su DNI actualizado.

Hazlo en 3 pasos:

1. Acércate a la municipalidad y entrega los documentos

Acude a la Municipalidad Provincial de Fajardo, ubicada en la plaza principal del distrito de Huancapi, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 1:00 p. m., y de 2:30 p. m. a 6:00 p. m.

Acércate al área de Registro Civil portando tu DNI junto con los requisitos señalados. Entrega la documentación al registrador.

2. Completa los requisitos y ve a Mesa de Partes

Llena los requisitos solicitados por el registrador y presenta la documentación en Mesa de Partes de la municipalidad. Recibe el certificado duplicado de la solicitud que te entrega Mesa de Partes.

3. Firma y recoge el acta

Luego de 48 horas, el padre y la madre deben acercarse al Registro Civil de la comuna para firmar y recoger el acta, la cual se entrega de manera inmediata y es gratuita.