Gerencia Municipal
Es el órgano de más alto nivel técnico de la gestión municipal. Se encarga de ejecutar la planificación, la ejecución y la evaluación de las políticas y las estrategias técnico-administrativas de la entidad. Depende del Concejo Municipal para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades
Está a cargo del gerente municipal, quien posee plena autoridad y responsabilidad corporativa.
Funciones
- Liderar, supervisar y controlar las acciones de los órganos de asesoramiento, de apoyo y de línea.
- Planificar, organizar, conducir, controlar y supervisar la prestación de servicios públicos, de acuerdo con los objetivos y las metas institucionales.
- Proponer las políticas, los planes y el presupuesto participativo institucional al alcalde.
- Dirigir, controlar y supervisar el cumplimiento de los objetivos del Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativo Institucional (POI).
- Coordinar la comunicación de los órganos bajo su autoridad para garantizar una adecuada administración municipal.
- Evaluar la efectividad de los planes y el presupuesto de todas las gerencias de la municipalidad.
- Supervisar el cumplimiento de los acuerdos y las ordenanzas municipales.
- Emitir opinión favorable en los procesos de elaboración del TUPA.
- Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos al alcalde.
- Asesorar al alcalde en los aspectos referidos en la gestión municipal.
- Proporcionar información actualizada que permita al alcalde tomar decisiones de forma eficiente y oportuna.
- Proponer la suscripción de convenios interinstitucionales y monitorear su cumplimiento.
- Fiscalizar el cumplimiento de los documentos técnicos, normativos, financieros y de presupuesto, así como los informes municipales para ser presentados ante las instancias correspondientes.
- Proponer la optimización de la estructura de la organización y de los instrumentos que permitan mejorar la gestión municipal.
- Supervisar la aplicación de las normas que conducen el funcionamiento municipal.
- Representar a la municipalidad en los actos y eventos oficiales por encargo del alcalde.
- Cumplir con las demás funciones propias de su competencia que le asigne el alcalde.
- Las demás funciones que correspondan conforme a Ley.